Decisión (UE) 2020/1581 del Consejo de 23 de octubre de 2020 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en el seno del Comité de Asociación en su configuración de comercio, creado por el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, en lo que respecta a la actualización del anexo XIII (Aproximación de la legislación aduanera) del Acuerdo

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

30.10.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 362/18

(1) El Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo»), fue celebrado por la Unión mediante la Decisión (UE) 2016/838 del Consejo (2), y entró en vigor el 1 de julio de 2016.

(2) De conformidad con el artículo 406, apartado 3, del Acuerdo, el Consejo de Asociación tiene la facultad de actualizar o modificar los anexos del Acuerdo.

(3) De conformidad con el artículo 408, apartado 2, del Acuerdo, el Consejo de Asociación puede delegar en el Comité de Asociación cualquiera de sus facultades, incluida la facultad de adoptar decisiones vinculantes.

(4) Con arreglo al artículo 1 de la Decisión n.o 3/2014 del Consejo de Asociación (3), el Consejo de Asociación delegó en el Comité de Asociación en su configuración de comercio la facultad de actualizar o modificar los anexos del Acuerdo relativos, entre otros aspectos, al capítulo 5 (Aduanas y facilitación del comercio) del título IV (Comercio y cuestiones relacionadas con el comercio) del Acuerdo, en...

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