Declaraciones sobre el Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1290/2013 y (UE) n.o 1291/2013

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

12.5.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 185/1

— hasta 300 000 000 EUR a precios constantes de 2018 para el bloque «Mundo digital, industria y espacio»,

— hasta 100 000 000 EUR a precios constantes de 2018 para el bloque «Clima, energía y movilidad», y

— hasta 100 000 000 EUR a precios constantes de 2018 para el bloque «Cultura, creatividad y sociedad inclusiva».

  1. La Decisión sobre el Programa Marco Horizonte Europa excluye expresamente de la financiación de la Unión a tres campos de investigación: — las actividades de investigación orientadas a la clonación humana con fines reproductivos,

    — las actividades de investigación dirigidas a una modificación de la herencia genética de los seres humanos que pueda convertirse en hereditaria,

    — las actividades de investigación destinadas a la creación de embriones humanos exclusivamente con fines de investigación o para la obtención de células madre, incluida la transferencia de núcleos de células somáticas.

  2. No se financiarán actividades que estén prohibidas en todos los Estados miembros. Tampoco se financiarán en un Estado miembro las actividades que este haya prohibido.

  3. La Decisión sobre Horizonte Europa y las reglas del marco ético aplicable a la financiación de la Unión de la investigación con células madre de embriones humanos no suponen de ninguna forma un juicio de valor sobre el marco normativo o ético aplicado a esa investigación en los Estados miembros.

  4. En sus convocatorias de propuestas, la Comisión Europea no requerirá expresamente el uso de células madre de embriones humanos. La utilización, en su caso, de células madre humanas, ya sean adultas o embriónicas, dependerá de la decisión que tomen los científicos a la vista de los objetivos que pretendan alcanzar. En la práctica, la inmensa mayoría de los fondos de la Unión para la investigación con células madre se destina al uso de células madre adultas. No hay ningún motivo por el que esta práctica deba cambiar sustancialmente dentro de Horizonte Europa.

  5. Todo proyecto que proponga utilizar células madre de embriones humanos deberá superar con éxito una evaluación científica en la que expertos científicos independientes valoren debidamente la necesidad de esta utilización para la consecución de los objetivos perseguidos.

  6. Las propuestas que superen la evaluación científica se someterán a una revisión ética rigurosa organizada por la Comisión Europea. En esa revisión, se tendrán en cuenta los principios recogidos en la...

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