Dictamen del Banco Central Europeo de 8 de mayo de 2020 sobre una propuesta de reglamento relativo a la creación de un Instrumento Europeo de Apoyo Temporal para Mitigar los Riesgos de Desempleo en una Emergencia (SURE) a raíz del brote de COVID-19 (CON/2020/14)

SectionSerie C
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

8.6.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 190/1

El 2 de abril de 2020 la Comisión Europea adoptó una propuesta de reglamento del Consejo relativo a la creación de un Instrumento Europeo de Apoyo Temporal para Mitigar los Riesgos de Desempleo en una Emergencia (SURE) a raíz del brote de COVID-19 (en lo sucesivo, el «reglamento propuesto») (1).

La competencia consultiva del BCE se basa en el artículo 127, apartado 4, párrafo segundo, del Tratado, pues el reglamento propuesto afecta a las funciones y operaciones monetarias del SEBC según el capítulo IV de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (en lo sucesivo, los «Estatutos del SEBC»), en particular los artículos 17 y 21.2 de los Estatutos del SEBC, que facultan al BCE y a los bancos centrales nacionales (BCN) para abrir cuentas a entidades de crédito y actuar como agentes fiscales de las instituciones de la Unión y de los gobiernos centrales.

De conformidad con la primera frase del artículo 17.5 del Reglamento interno del Banco Central Europeo, el presente dictamen ha sido adoptado por el Consejo de Gobierno.

El instrumento creado por el reglamento propuesto (el «SURE») proporcionará asistencia financiera en forma de préstamos de la Unión Europea a los Estados miembros que sufran, o corran serio riesgo de sufrir, una perturbación económica grave provocada por el brote de la enfermedad del coronavirus (COVID-19), para que financien medidas de reducción del tiempo de trabajo o similares destinadas a proteger a los trabajadores por cuenta propia y ajena y así reducir la incidencia del desempleo y la pérdida de ingresos (2). El importe máximo de la asistencia financiera será de 100 000 millones EUR. El BCE celebra que el Consejo Europeo respalde el acuerdo del Eurogrupo respecto de un triple mecanismo de protección de trabajadores, empresas y Estados, es decir, el instrumento SURE, el apoyo del MEDE frente a la crisis pandémica, y el fondo de garantía paneuropeo (3).

Conforme al artículo 10, apartado 1, del reglamento propuesto, la Comisión establecerá los mecanismos necesarios para la administración de los préstamos con el BCE. Conforme al apartado 2 de dicho artículo, el Estado miembro beneficiario abrirá una cuenta especial en su BCN para la gestión de la asistencia financiera recibida, y transferirá el principal y los intereses del préstamo a una cuenta de la Unión en el BCE veinte días hábiles en TARGET2 antes de la fecha de vencimiento...

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