DICTAMEN DE LA COMISIÓN de 14 de enero de 2020 sobre el plan de evacuación de los residuos radiactivos resultantes de la clausura y el desmantelamiento de partes de la central nuclear Neckarwestheim GKN-II, ubicada en el Estado federado de Baden-Württemberg (Alemania) (El texto en lengua alemana es el único auténtico)2020/C 13/01

SectionSerie C
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

15.1.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 13/1

La evaluación que figura a continuación se realiza conforme a las disposiciones del Tratado Euratom, sin perjuicio de que se realice cualquier otra evaluación conforme al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y las obligaciones resultantes de este y del Derecho derivado (1).

El 6 de diciembre de 2018, la Comisión Europea recibió del Gobierno de Alemania, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom, los datos generales sobre el plan de evacuación de los residuos radiactivos (2) resultantes de la clausura y el desmantelamiento de partes de la central nuclear Neckarwestheim GKN-II.

Sobre la base de esos datos y de la información adicional solicitada por la Comisión el 29 de enero de 2019 y aportada por las autoridades alemanas el 3 de septiembre de 2019, y previa consulta al grupo de expertos, la Comisión ha elaborado el siguiente dictamen:

  1. La distancia entre el emplazamiento y la frontera del Estado miembro más cercano, en este caso Francia, es de 69 km.

  2. Durante las operaciones normales de clausura y desmantelamiento de la central nuclear Neckarwestheim GKN-II, es improbable que los vertidos de efluentes radiactivos líquidos o gaseosos causen una exposición de la población de otro Estado miembro que sea significativa desde el punto de vista sanitario en relación con los límites de dosis establecidos en la Directiva sobre normas de seguridad básicas (3).

  3. Los residuos radiactivos sólidos se almacenan temporalmente in situ antes de ser transferidos a instalaciones autorizadas de tratamiento o evacuación situadas en Alemania. Los residuos sólidos no radiactivos y los materiales residuales que cumplan los niveles de desclasificación quedan eximidos del control reglamentario con vistas a su evacuación como residuos convencionales o a su reutilización o reciclado, con arreglo a lo dispuesto en la Directiva sobre normas de seguridad básicas.

  4. En caso de vertidos imprevistos de efluentes radiactivos como consecuencia de accidentes del tipo y la magnitud considerados en los datos generales, las dosis probablemente recibidas por la población de otro Estado miembro no serían significativas desde el punto de vista sanitario, en relación con los niveles de referencia fijados en la Directiva sobre las normas de seguridad básicas.

Por consiguiente, la Comisión considera improbable que la aplicación del plan de evacuación de los residuos radiactivos, cualquiera que sea su forma...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT