Dictamen del Comité Consultivo en materia de concentraciones emitido en su reunión de 22 de abril de 2020 en relación con un anteproyecto de decisión relativa al asunto M.9409 — Aurubis/Metallo Group Holding Ponente: Croacia

SectionSerie C

8.7.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 224/6

  1. El Comité Consultivo (diez Estados miembros) coincide con la Comisión en que la operación constituye una concentración a tenor del artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones.

  2. El Comité Consultivo (diez Estados miembros) coincide con la Comisión en que la operación reviste una dimensión de la Unión de conformidad con el artículo 1, apartado 2, del Reglamento de concentraciones.

  3. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la definición de la Comisión del mercado de productos de referencia para la compra de chatarra de cobre para la fundición y el refinado (CCFR).

  4. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la definición de la Comisión del mercado de producto de referencia para la compra de chatarra de cobre n.o 2.

  5. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la definición de la Comisión del mercado de producto de referencia para los cátodos de cobre.

  6. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la definición de la Comisión del mercado de producto de referencia para las barras de cobre.

  7. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la definición de la Comisión del mercado de producto de referencia para los perfiles de cobre.

  8. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la definición de la Comisión del mercado geográfico de referencia para la compra de chatarra de cobre para la fundición y el refinado (CCFR) en el sentido de que abarca todo el EEE.

  9. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la definición de la Comisión del mercado geográfico de referencia para la compra de chatarra de cobre n.o 2 en el sentido de que abarca todo el EEE.

  10. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la definición de la Comisión del mercado geográfico de referencia de cátodos de cobre en el sentido de que tiene alcance mundial.

  11. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la Comisión en que la definición del mercado geográfico de barras de cobre se mantenga abierta.

  12. El Comité Consultivo (10 Estados miembros) está de acuerdo con la Comisión en que la definición del mercado geográfico de perfiles de cobre se mantenga abierta.

  13. ...

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