Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El pilar europeo de derechos sociales: evaluación de las primeras medidas de aplicación y recomendaciones para el futuro» [Dictamen de iniciativa]

SectionSerie C
Issuing OrganizationComité Económico y Social

15.1.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 14/1

Ponente: Bernd SCHLÜTER

Coponente: Cinzia DEL RIO

Decisión del Pleno 24.1.2019 Fundamento jurídico Artículo 32, apartado 2, del Reglamento interno Dictamen de iniciativa Sección competente Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía Aprobado en sección 10.9.2019 Aprobado en el pleno 25.9.2019 Pleno n.o 546 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 117/44/3

1.1 El CESE, convencido de que un futuro realista para la Unión Europea solo puede basarse en la combinación de una base económica sólida y una fuerte dimensión social (1), ha abogado siempre por una convergencia al alza y una política social más eficaz a nivel de la UE y de los Estados miembros (2). Asimismo, el modelo social europeo debería reforzarse y actualizarse de modo que actúe como referente internacional. La aplicación eficaz del pilar europeo de derechos sociales (PEDS) en 2017 reafirma el compromiso común con el modelo social europeo en el marco de una nueva estrategia socialmente integradora.

1.2 A la hora de adoptar medidas para aplicar el PEDS por medio de programas políticos e iniciativas legislativas a escala nacional y de la UE, deben respetarse de forma equilibrada los objetivos y los principios de los Tratados, la distribución de competencias entre las instituciones de la UE y los Estados miembros y, en su caso, la cláusula de no regresión.

1.3 La legislación europea en los ámbitos adecuados debe establecer un marco con normas comunes generales, respetando los sistemas sociales y las situaciones nacionales específicos y reconociendo derechos sociales efectivos y aplicables para los ciudadanos a escala nacional y de la UE. Los objetivos del pilar deben respetarse en todos los ámbitos de la política de la UE utilizando la cláusula horizontal (3).

1.4 El PEDS se está aplicando actualmente a través de medidas legislativas y no legislativas, financiación específica y modificaciones del proceso del Semestre, que deben tener por objeto impulsar el proceso de convergencia al alza y establecer unas normas sociales mínimas para crear unas condiciones de competencia equitativas comunes.

1.5 Resulta importante establecer y adoptar unas normas básicas mínimas aplicables a unos sistemas de protección social fiables y eficaces (4) y a los servicios fundamentales de interés general, que deben ser evaluadas de manera periódica por evaluadores independientes.

1.6 La Comisión y el Parlamento Europeo deben proponer mecanismos para la adecuada participación de todos los agentes sociales representativos, incluidos los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil, a todos los niveles pertinentes en la aplicación del PEDS (5). Debe prestarse especial atención a las distintas funciones y al refuerzo de la negociación colectiva a escala nacional, que puede anticiparse o ser una alternativa a la legislación en determinados ámbitos específicos del mercado laboral.

1.7 La aplicación del PEDS requiere una base presupuestaria y una inversión sólidas a escala de la UE y de los Estados miembros a través de una financiación adecuada en el MFP mediante una «regla de oro» aplicable a la inversión pública con una finalidad social y a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE), que pueden orientarse más claramente al PEDS y a unas políticas fiscales adecuadas (6).

1.8 El Semestre Europeo y los programas nacionales de reforma, que se aplican igualmente a los países no pertenecientes a la zona del euro, junto al cuadro de indicadores sociales, constituyen una herramienta clave para la aplicación y el seguimiento del pilar (7).

1.9 Un nuevo proceso del Semestre Europeo debe lograr objetivos sociales en el marco de un seguimiento de los desequilibrios sociales y han de introducirse nuevos indicadores mensurables y recomendaciones sociales específicas por país.

1.10 Debe fomentarse un seguimiento periódico de la aplicación del PEDS con una consulta vinculante a los agentes sociales; el CESE propone que se establezca un Foro de la UE sobre Política Social vinculado al proceso del Semestre.

1.11 El CESE ha pedido ya anteriormente una hoja de ruta clara y coordinada que establezca prioridades para la aplicación del pilar y de los derechos y normas sociales existentes. Es preciso abordar con carácter prioritario los derechos y las necesidades fundamentales —especialmente los de los grupos vulnerables—, las disparidades en términos de oportunidades, renta y riqueza dentro los Estados miembros y, entre ellos, las políticas de integración y las condiciones adecuadas para los servicios públicos y sin ánimo de lucro y las empresas sociales.

1.12 El presente Dictamen establece orientaciones generales, presenta una evaluación global de los primeros pasos y formula recomendaciones en relación con los instrumentos principales. Además, facilita información actualizada sobre los avances realizados a escala de la UE en relación con las medidas adoptadas y los instrumentos disponibles, clasificados en función de los tres ámbitos principales del PEDS —igualdad de oportunidades y de acceso al mercado de trabajo, condiciones de trabajo justas y protección e inclusión sociales—, y formula propuestas para las próximas etapas.

2.1 El PEDS fue proclamado solemnemente en la Cumbre social en favor del empleo justo y el crecimiento, celebrada en Gotemburgo en noviembre de 2017. Se deriva de los principios generales de los Tratados europeos, que consagran los derechos fundamentales de los ciudadanos, cuya aplicación sigue siendo responsabilidad de todos los agentes pertinentes. Los artículos 9 y 151 del TFUE establecen los objetivos del modelo social europeo, que deben adaptarse a las transformaciones que se han estado produciendo en el mundo laboral y en nuestras sociedades en el marco de una nueva estrategia socialmente integradora.

2.2 La UE y los Estados miembros han introducido y mejorado de forma progresiva políticas destinadas a alcanzar unas mejores condiciones de trabajo y de vida para sus ciudadanos con un modelo social europeo como instrumento de competitividad para la economía de la UE, al tiempo que reconocen que su aplicación y actualización sigue siendo uno de sus objetivos. Existen grandes desigualdades entre los Estados miembros de la UE y dentro de estos, entre grupos sociales y entre los sistemas de seguridad social. Numerosos países se enfrentan a desafíos, pues si bien algunos países de la UE cuentan con sistemas sociales más inclusivos, otros no satisfacen las necesidades fundamentales. El PEDS debe propiciar que, a escala de los Estados miembros y de la UE, se ofrezcan soluciones modernas a los problemas actuales a los que se enfrentan los ciudadanos europeos y que, en un contexto de competencia mundial, se garantice la igualdad de condiciones para las empresas sostenibles. El PEDS supone un compromiso político y debe involucrar a las instituciones de la UE, los Estados miembros, los interlocutores sociales, las organizaciones de la sociedad civil y todas las demás partes interesadas en sus respectivos ámbitos de competencia, en un espíritu de respeto mutuo y en beneficio directo de todos los ciudadanos.

2.3 La reciente Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo, adoptada en la Conferencia Internacional del Trabajo, define algunas líneas de actuación importantes y establece medidas que modernizarían la legislación laboral y evitarían la exclusión, y también prevé un conjunto de inversiones en las capacidades de las personas, en las instituciones de trabajo y en el trabajo digno y sostenible que conformarían el entorno más adecuado para que las empresas prosperen y para que las personas avancen hacia unas condiciones de trabajo y de vida más justas, respetando los contextos nacionales y la función específica de los interlocutores sociales.

2.4 La Agenda 2030 de las Naciones Unidas presenta diecisiete objetivos de desarrollo sostenible (ODS) que la UE se ha comprometido a alcanzar para 2030, y la aplicación del PEDS contribuirá a ello.

2.4.1 El CESE cree que un futuro realista para Europa solo puede basarse en la combinación de una base económica sólida y una fuerte dimensión social. Asimismo, está convencido de que la Unión Europea necesita un consenso renovado sobre una estrategia económica y social sostenible para cumplir su promesa de trabajar en pro de un crecimiento económico equilibrado y un progreso social que conduzca a un mayor bienestar de sus ciudadanos (8).

2.4.2 En la Declaración de Sibiu de 9 de mayo de 2019 (9), los Estados miembros de la UE se comprometieron a obtener resultados allí donde sea más necesario y a seguir siendo influyentes en los asuntos importantes, así como a defender el principio de equidad.

2.5 A escala de la UE, el PEDS se ha aplicado hasta ahora mediante: a) medidas legislativas y no legislativas, haciendo hincapié en el cumplimiento y el examen del acervo social actual, que se actualizarán cuando sea necesario;

  1. financiación específica, y

  2. algunos cambios iniciales en el proceso del Semestre.

    2.6.1 Se necesitan mercados de trabajo abiertos, dinámicos y móviles para apoyar nuevas y más diversas trayectorias profesionales y facilitar la transición entre empleos, sectores y situaciones de empleo. Es preciso tomar medidas para acabar con los desajustes del mercado de trabajo. Los sistemas de educación y formación deben adaptarse mejor a las necesidades del mercado de trabajo. Las reformas deberían contemplar medidas positivas para promover el envejecimiento activo de los trabajadores, procurar que los sistemas de pensiones sean sostenibles e integrar a los inmigrantes en la mano de obra.

    2.6.2 Al tomar medidas para aplicar el pilar, la UE y sus Estados miembros harán uso de todas las herramientas políticas que consideren necesarias para lograr sus objetivos comunes, incluidos los programas de políticas y las medidas legislativas. Los principios de subsidiariedad y proporcionalidad y los valores, objetivos y...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT