Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Octavo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente

SectionSerie C

26.3.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 106/44

Ponente general: Dimitrios KARNAVOS (EL/PPE), alcalde de Kallithea Documento de referencia: Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2030, Bruselas, 14 de octubre de 2020 COM(2020) 652 final, 2020/0300 (COD)

Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR El VIII PMA debe acelerar la transición hacia una economía regenerativa que devuelva al planeta más de lo que toma de él. Un modelo de crecimiento regenerativo reconoce que el bienestar y la prosperidad de nuestras sociedades dependen de un clima estable, un medio ambiente saludable y ecosistemas prósperos que proporcionen un espacio de actuación seguro para nuestras economías. A medida que la población mundial y la demanda de recursos naturales siguen creciendo, la actividad económica debe desarrollarse de forma que no perjudique, sino que, por el contrario, revierta el cambio climático y la degradación medioambiental, minimice la contaminación y se traduzca en la conservación y el enriquecimiento del capital natural, garantizando así la abundancia de recursos renovables y no renovables. Mediante una innovación continua, la adaptación a los nuevos desafíos y la creación conjunta, la economía regenerativa refuerza la resiliencia y protege el bienestar de las generaciones presentes y futuras. El VIII PMA debe acelerar la transición hacia una economía que devuelva al planeta más de lo que toma de él. Un modelo de crecimiento sostenible reconoce que el bienestar y la prosperidad de nuestras sociedades dependen de un clima estable, un medio ambiente saludable y ecosistemas prósperos que proporcionen un espacio de actuación seguro para nuestras economías. A medida que la población mundial y la demanda de recursos naturales siguen creciendo, la actividad económica debe desarrollarse de una forma sostenible que no perjudique, sino que, por el contrario, revierta el cambio climático y la degradación medioambiental con medidas de mitigación o compensación y prestaciones adicionales para el entorno y las comunidades locales, realice un seguimiento permanente de las repercusiones medioambientales, minimice la contaminación y se traduzca en la conservación y el enriquecimiento del capital natural, garantizando así la abundancia de recursos renovables y no renovables. Mediante una innovación continua, la adaptación a los nuevos desafíos y la creación conjunta, la economía sostenible refuerza la resiliencia y protege el bienestar de las generaciones presentes y futuras.

  1. Las actividades económicas deben ser sostenibles y seguir creciendo, garantizando así la protección del medio ambiente y el crecimiento sostenible del entorno y las comunidades locales, con medidas específicas y un mecanismo o instrumentos de seguimiento, por ejemplo, los planes de gestión medioambiental y social, entre otros. ii) El concepto de «economía regenerativa» puede llevar a suponer que la naturaleza y nuestro medio ambiente pueden regenerarse fácilmente. Se propone como alternativa la expresión «modelo de crecimiento sostenible».

    Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR El VIII PMA tiene como objetivo prioritario a largo plazo para 2050 que los ciudadanos vivan bien, dentro de los límites del planeta, en una economía regenerativa en la que no se desperdicie nada, no haya emisiones netas de gases de efecto invernadero, y el crecimiento económico esté disociado del uso de recursos y la degradación medioambiental. Un medio ambiente saludable sienta las bases para el bienestar de los ciudadanos, la prosperidad de la biodiversidad y la protección, restauración y valoración del capital natural, de tal manera que la resiliencia frente al cambio climático y a otros riesgos medioambientales resulta fortalecida. La Unión marca el paso para garantizar la prosperidad de las generaciones presentes y futuras en todo el mundo. El VIII PMA tiene como objetivo prioritario a largo plazo para 2050 que los ciudadanos y sus comunidades locales vivan bien, dentro de los límites del planeta, en una economía sostenible en la que no se desperdicie nada, no haya emisiones netas de gases de efecto invernadero, y el crecimiento económico esté disociado del uso de recursos y la degradación medioambiental. Un medio ambiente saludable sienta las bases para el bienestar y la salud de los ciudadanos, la mejora de los servicios ecosistémicos, la prosperidad de la biodiversidad y la protección, restauración y valoración del capital natural, de tal manera que la resiliencia frente al cambio climático y a otros riesgos medioambientales resulta fortalecida. El VIII PMA tiene por objeto reforzar la conexión entre la política medioambiental y la salud. Todas las políticas de la UE que promuevan la salud humana, un planeta sano, una economía sana y una sociedad sana con oportunidades para todos deben basarse en un enfoque de vida saludable. La Unión marca el paso para garantizar la prosperidad de las generaciones presentes y futuras en todo el mundo.

  2. Múltiples políticas medioambientales conciernen no solo a los ciudadanos, sino también a las comunidades locales. ii) Teniendo en cuenta la situación ocasionada por la pandemia de COVID-19, debe darse mayor relevancia a la faceta de salud. También conviene poner de relieve el vínculo existente entre la salud y el medio ambiente, dada su importancia fundamental. Los entes locales y regionales pueden ver en sus comunidades las repercusiones de las políticas medioambientales sobre la salud y el bienestar. iii) El concepto de servicios ecosistémicos también está vinculado a un medio ambiente sano.

    Texto de la Comisión Europea Enmienda del CDR A continuación, se detallan los seis objetivos prioritarios temáticos del VIII PMA: A continuación, se detallan los seis objetivos prioritarios temáticos del VIII PMA: a) la reducción irreversible y progresiva de las emisiones de gases de efecto invernadero y el incremento de las absorciones por sumideros naturales o de otro tipo en la Unión para alcanzar el objetivo de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030 y lograr la neutralidad climática de aquí a 2050, tal como se establece en el Reglamento (UE) …/…;

  3. la reducción continua y progresiva de las emisiones de gases de efecto invernadero y el incremento de las absorciones por sumideros naturales o de otro tipo , o bien inversiones ecológicas que contribuyan a reducir las emisiones de CO2 a escala de la Unión, nacional, regional y local para alcanzar el objetivo de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030 y lograr la neutralidad climática de aquí a 2050, tal como se establece en el Reglamento (UE) …/…;

  4. el progreso continuo en el aumento de la capacidad de adaptación, el fortalecimiento de la resiliencia y la reducción de la vulnerabilidad al cambio climático;

  5. la constante necesidad de progreso, especialmente en las regiones y zonas locales, en el aumento de la capacidad de adaptación, el fortalecimiento de la resiliencia y la reducción de la vulnerabilidad al cambio climático;

  6. la evolución hacia un modelo de crecimiento regenerativo que devuelva al planeta más de lo que toma de él, la disociación del crecimiento económico del uso de recursos y la degradación medioambiental, y el aceleramiento de la transición hacia una economía circular;

  7. la evolución hacia un modelo de crecimiento sostenible que devuelva al planeta más de lo que toma de él, la disociación del crecimiento económico del uso de recursos y la degradación medioambiental, y el aceleramiento de la transición hacia una economía circular;

  8. la consecución del objetivo cero en materia de contaminación para un entorno sin sustancias tóxicas, así como para el aire, el agua y el suelo, y la protección de la salud y el bienestar de los ciudadanos frente a riesgos e impactos medioambientales;

  9. la consecución del...

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