Comunicación de la Comisión — Directrices de la Unión Europea para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha

Sectioncomunicación

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 25/1

II

(Comunicaciones)

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

COMISIÓN EUROPEA COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN

Directrices de la Unión Europea para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha

(2013/C 25/01)

  1. INTRODUCCIÓN

    (1) La conectividad mediante banda ancha reviste una importancia estratégica para el crecimiento y la innovación de Europa en todos los sectores de la economía y para la cohesión social y territorial. La Estrategia Europa 2020 (en lo sucesivo denominada «UE 2020») subraya la importancia del despliegue de la banda ancha en el marco de la estrategia de crecimiento de la UE para el próximo decenio y establece objetivos ambiciosos para el desarrollo de la banda ancha. Una de sus iniciativas emblemáticas, la Agenda Digital para Europa (en lo sucesivo denominada «ADE») ( 1

    ) reconoce las ventajas socioeconómicas de la banda ancha y pone de relieve su importancia para la competitividad, la inclusión social y el empleo. El logro del objetivo recogido en UE 2020 de un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo depende también de la disponibilidad de un acceso generalizado y asequible a infraestructura y servicios de Internet de alta velocidad. Superar el reto de financiar una infraestructura de banda ancha de buena calidad y asequible es un factor crucial para que Europa incremente su competitividad e innovación, brinde oportunidades de empleo a los jóvenes, prevenga la deslocalización de actividades económicas y atraiga inversiones extranjeras. La ADE reafirma el objetivo de UE 2020 de poner la banda ancha básica a disposición de todos los europeos a más tardar en 2013 y pretende garantizar que en 2020: i) todos los europeos tengan acceso a Internet a velocidades muy superiores a 30 Mbps; ii) el 50 % o más de los hogares europeos estén abonados a conexiones a Internet superiores a 100 Mbps.

    (2) Para lograr el objetivo de un acceso a Internet a velocidades superiores a 30 Mbps se calcula ( 2

    ) que se

    necesitará un máximo de 60 000 millones EUR de inversión y hasta 270 000 millones para que al menos el 50 % de los hogares europeos dispongan de conexiones de velocidad superior a 100 Mbps ( 3

    ). Estas inversiones deberían proceder principalmente de inversores comerciales, aunque los objetivos de la ADE no pueden alcanzarse sin el apoyo de fondos públicos. Por esta razón, la ADE pide a los Estados miembros que utilicen «financiación pública en consonancia con las normas sobre ayudas estatales y de competencia de la UE», para responder a la cobertura, la velocidad y la asunción de objetivos definidos en UE 2020 ( 4

    ). Se prevé que en el futuro se incrementará la demanda de servicios que requieren una gran capacidad, al desarrollarse servicios como la computación en nube, un uso más intenso de tecnologías de igual a igual, redes sociales y vídeo a la carta.

    ( 1 ) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Una Agenda Digital para Europa, COM(2010) 245 final.

    ( 2 ) Véase la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al

    Comité de las Regiones: Banda ancha europea: inversión en crecimiento impulsado por la tecnología digital, COM(2010) 472 final. ( 3 ) Los costes de inversión reales podrían ser considerablemente inferiores en función de la aptitud para la reutilización de las infraestructuras existentes y de la evolución del mercado, la tecnología y la normativa.

    ( 4 ) Apartado 2.4, acción clave 8.

    ES Diario Oficial de la Unión Europea 26.1.2013

    (3) El sector de las comunicaciones electrónicas ha experimentado un profundo proceso de liberalización y ahora está sujeto a una regulación sectorial. El marco regulador de las comunicaciones electrónicas de la UE fija también normas de armonización relativas al acceso a la banda ancha ( 5

    ). Por lo que se refiere a las redes de banda ancha heredadas, los mercados mayoristas están sujetos hasta el momento a regulación previa en la mayoría de los Estados miembros. El planteamiento normativo ha tenido éxito al fomentar unos mercados competitivos y la inversión, e incrementar las posibilidades de elección de los consumidores: por ejemplo, la mayor cobertura de banda ancha y su penetración más elevada se da en los Estados miembros con infraestructuras competidoras, en combinación con una normativa previa eficaz que fomente la competencia. Un mayor despliegue de redes de banda ancha, y en particular el acceso de nueva generación («ANG»), sigue precisando la intervención de las autoridades nacionales reguladoras («ANR») debido a su papel en el sector de las comunicaciones electrónicas.

    (4) Es sumamente importante que los fondos públicos se utilicen en este sector con cautela y que la Comisión garantice que la ayuda estatal sea complementaria y no sustituya a inversiones de los agentes del mercado. Las intervenciones estatales deben limitar en lo posible el riesgo de excluir a las inversiones privadas o de alterar los incentivos a la inversión comercial y, en última instancia, de falsear la competencia en contra del interés común de la Unión Europea.

    (5) En su Comunicación sobre la modernización de las ayudas estatales en la UE, la Comisión indica que la estrategia de ayudas estatales debería centrarse en facilitar ayudas bien concebidas dirigidas a casos de deficiencias de mercado y objetivos de interés común europeo ( 6 ). Las ayudas estatales pueden, en determinadas condiciones, corregir fallos del mercado, mejorando así la eficiencia en el funcionamiento de los mercados e incrementando la competitividad. Además, cuando los mercados ofrecen resultados eficientes, pero considerados insatisfactorios desde el punto de vista de la política de cohesión, las ayudas estatales pueden utilizarse para conseguir un resultado más equitativo y conveniente. En particular, una intervención estatal selectiva en el ámbito de la banda ancha puede contribuir a reducir la «brecha digital» ( 7

    ) entre zonas o regiones donde se ofrecen servicios de banda ancha asequibles y competitivos y zonas que carecen de ellos.

    (6) Sin embargo, si las ayudas estatales a la banda ancha se utilizasen en zonas en las que los operadores de mercado se decidirían normalmente a invertir o en las que ya hubieran invertido, esto podría minar considerablemente los incentivos para que los inversores comerciales apostasen por la banda ancha. En tales casos, las ayudas estatales a la banda ancha podrían ser contraproducentes para el objetivo perseguido. El objetivo del control de las ayudas estatales en el ámbito de la banda ancha es garantizar que las ayudas estatales redundarán en un mayor grado de cobertura y penetración de la banda ancha, o a un ritmo más rápido del que se daría sin la ayuda, apoyando al mismo tiempo unos servicios de mayor calidad y más asequibles, unas inversiones que favorezcan la competencia y garantizando que los efectos positivos de la ayuda contrarresten los falseamientos de la competencia.

    (7) Tras el llamamiento efectuado por la Comisión en el marco de la Agenda Digital, la mayoría de los Estados miembros han desarrollado estrategias nacionales de banda ancha a fin de lograr los objetivos de la ADE en sus respectivos territorios. La mayor parte de estas estrategias contempla la utilización de fondos públicos para ampliar la cobertura de la banda ancha en zonas donde los operadores comerciales no tienen ningún incentivo para invertir, y para acelerar el despliegue de redes de acceso de nueva generación de muy alta velocidad.

    (8) Las presentes Directrices resumen los principios de la política de la Comisión en materia de aplicación de las normas sobre ayudas estatales del Tratado a las medidas que apoyan el despliegue de redes de banda ancha en general (sección 2) y explican la aplicación de estos principios al evaluar las medidas de apoyo al rápido despliegue de la banda ancha básica y de redes de acceso de nueva generación de muy alta velocidad (sección 3). La Comisión aplicará las Directrices al evaluar las ayudas estatales a la banda ancha, incrementando así la seguridad jurídica y la transparencia de sus decisiones.

    ( 5 ) Véase el artículo 12, apartado 4, de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de

    2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco), DO L 108 de 24.4.2002, p. 33, modificada en último lugar por la Directiva 2009/140/CE (Directiva para la mejora de la legislación), DO L 337 de 18.12.2009, p. 37, y por el Reglamento (CE) n o 544/2009, DO L 167 de 29.6.2009, p. 12. ( 6 ) Comunicación de la Comisión sobre la modernización de las ayudas estatales en la UE, Bruselas, 8.5.2012 COM(2012)

    209 final. ( 7 ) El término «brecha digital» se utiliza generalmente para definir el desequilibrio entre personas y comunidades que tienen acceso a tecnologías de la información y las que no lo tienen. Aunque son varias las razones de esta brecha, la más importante es la falta de infraestructuras de banda ancha adecuadas. Desde el punto de vista de la dimensión regional, el grado de urbanización es un factor importante para el acceso y la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones. La penetración de Internet sigue siendo, por tanto, muy inferior en las zonas escasamente pobladas de la Unión Europea.

    ES Diario Oficial de la Unión Europea C 25/3

  2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA POLÍTICA DE LA COMISIÓN SOBRE AYUDAS ESTATALES A LA BANDA ANCHA

    (9) Con arreglo al artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE»), «serán incompatibles con el mercado interior, en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entres Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo...

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