Ayudas estatales Italia Ayuda C 60/2002 (ex N 747/2001) 'Reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero' (Región de Toscana) Invitación a presentar observaciones, en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE

SectionTratado

AYUDAS ESTATALES -- ITALIA Ayuda C 60/2002 (ex N 747/2001) -- 'Reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero' (Región de Toscana) Invitación a presentar observaciones, en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE (2002/C 331/05) (Texto pertinente a efectos del EEE) Por carta de 2 de octubre de 2002, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, la Comisión notificó a Italia su decisión de incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE en relación con la ayuda antes citada.

Las partes interesadas podrán presentar sus observaciones sobre la ayuda respecto de la cual la Comisión ha incoado el procedimiento en un plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y de la carta siguiente, enviándolas a:

Comisión Europea Dirección General de Competencia Registro de Ayudas Estatales B-1049 Bruxelles/Brussel Fax (32-2) 296 12 42.

Dichas observaciones serán comunicadas a Italia. La parte interesada que presente observaciones podrá solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada confidencialmente.

RESUMEN 1. DESCRIPCIÓN El sistema debería en principio reducir las emisiones de gases de efecto invernadero mediante la promoción de fuentes de energía renovables y programas de ahorro de energía.

El sistema incluye dos tipos de ayuda:

  1. ayuda a la inversión para promover la utilización de fuentes de energía renovables para producir energía eléctrica y calor, mediante la puesta en marcha de:

    -- nuevas instalaciones de biomasa, preferiblemente integradas con las redes urbanas de calefacción, -- nuevas instalaciones de energía solar, -- nuevas plantas fotovoltaicas, -- nuevas instalaciones de energía renovable (eólica, residuos municipales biodegradables sólidos y biogás) que respondan a las necesidades de las islas pequeñas;

  2. medidas de ahorro de energía:

    -- intervenciones en el sector de la vivienda, -- promoción y extensión de sistemas de calefacción y condicionamiento y componentes eléctricos de alta eficacia en los edificios de viviendas y en las oficinas privadas y públicas, -- instalación de componentes eléctricos de alta eficacia en fábricas, -- promoción de una mayor utilización de combustibles con poca incidencia en el medio ambiente y uso más eficaz del combustible en el sector industrial.

    La ayuda se proporciona bajo la forma de subvenciones no restituibles. La intensidad de la ayuda es:

    En el caso de la ayuda a la inversión para promover fuentes de energía renovables:

    -- 40 % de los costes de inversión brutos subvencionables para nuevas instalaciones de biomasa, -- 30 % de los costes de inversión brutos subvencionables para instalaciones de producción de calor mediante energía solar, -- 75 % de los costes brutos subvencionables para nuevas instalaciones fotovoltaicas, -- 40 % de los costes brutos subvencionables de nuevas instalaciones de origen renovable que respondan a las necesidades de las islas menores, utilizando viento, residuos municipales biodegradables sólidos y biogás.

    En lo relativo a las inversiones en ahorro de energía:

    -- 40 % de los costes brutos subvencionables para todas las clases de intervención.

    Todas las empresas (pequeñas, medias y grandes) pueden acogerse. El presupuesto total previsto es de 29 millones de euros durante toda la vigencia del régimen (2002-2007).

    ESC 331/50 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 31.12.2002

    1. EVALUACIÓN Presencia de ayuda en el sentido del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE El sistema implica ayuda estatal en el sentido del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE.

    Compatibilidad de la ayuda con el Tratado CE La Comisión ha evaluado las medidas notificadas teniendo en cuenta las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales en favor del medio ambiente, publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 37 de 3 de febrero de 2001 (en lo sucesivo 'las Directrices') y constata que el régimen de ayudas previsto no cumple completamente los requisitos de las Directrices.

    Por lo que se refiere a los medidas relativas a 'nuevas instalaciones de biomasa', 'nuevas instalaciones de energía solar' y 'nuevas instalaciones de energía renovable que respondan a las necesidades de las islas menores' de la medida a) 'ayuda a la inversión para promover fuentes de energía renovables':

    Se aplicará la definición de 'fuentes de energía renovables' y 'biomasa' que figura en la Directiva 2001/77/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, (DO L 283 de 27.10.2001, p. 33) relativa a la promoción de la electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables en el mercado interior de la electricidad.

    Las inversiones previstas, los costes subvencionables y la intensidad de la ayuda se atienen a las disposiciones de las Directrices.

    Se respetan las normas sobre acumulación de ayudas de distinta procedencia establecidas en el punto 74 de las Directrices.

    La Comisión en consecuencia considera que estas medidas, sin embargo, afectan desfavorablemente a las condiciones del comercio entre Estados miembros en un grado contrario al interés común y que por ello deben ser autorizadas en virtud de la letra c) del apartado 3 del artículo 87.

    Dudas por lo que se refiere a la medida 'nuevas instalaciones fotovoltaicas' de la medida a) del sistema (promoción de fuentes de energía renovables):

    En cuanto a las nuevas instalaciones fotovoltaicas, una intensidad de la ayuda del 75 % de los costes subvencionables se establece en el sistema notificado. Tal intensidad no ha sido justificada por las autoridades italianas conforme al tercer párrafo del punto 32 de las Directrices. Por lo tanto la Comisión...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT