Dictamen del Comité consultivo sobre operaciones de concentración emitido en su quincuagésimoséptima reunión celebrada el 23 de octubre de 1998 en relación con un proyecto de decisión en el asunto IV/M.1157 Skanska/ScancemTexto pertinente a efectos del EEE (1)

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DICTAMEN del Comité consultivo sobre operaciones de concentración emitido en su quincuagésimoséptima reunión celebrada el 23 de octubre de 1998 en relación con un proyecto de decisión en el asunto IV/M.1157 Skanska/Scancem (1999/C 201/04) (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. El Comité consultivo conviene con la Comisión en que la operación notificada constituye una concentración en el sentido de la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento sobre operaciones de concentración de la CE y en que tiene dimensión comunitaria.

  1. El Comité consultivo conviene con la Comisión en lo siguiente:

    1. en que existen mercados de productos diferentes para el cemento, los áridos, el hormigón premezclado y el hormigón seco;

    2. en que en el caso de los demás productos cubiertos por la operación, no es necesario acotar la definición de mercado.

  2. El Comité consultivo conviene con la Comisión en lo siguiente:

    1. en que el mercado del cemento puede o circunscribirse a Suecia, Finlandia y Noruega o cubrir, en general, la zona nórdica, pero que no es necesario tratar de dilucidar esta cuestión ya que el resultado de la evaluación sería el mismo independientemente de la definición de mercado geográfico aplicada;

    2. en que los mercados de productos de hormigón prefabricado, hormigón seco y de la construcción tienen fundamentalmente alcance nacional;

    3. en que no es necesario delimitar el alcance exacto del mercado geográfico de referencia para el hormigón premezclado y los áridos, ya que la evaluación no variará de forma fundamental independientemente de que se realice a nivel nacional, regional o local.

  3. a) El Comité consultivo conviene con la Comisión en que la concentración notificada reforzaría una posición dominante en el mercado de cemento de Suecia y, posiblemente, también en el de Finlandia y Noruega.

    1. La mayoría del Comité consultivo está de acuerdo con la Comisión en que la operación notificada crearía una posición dominante en los mercados de productos de hormigón premezclado, hormigón seco y hormigón prefabricado. Una minoría considera, además, que la concentración fortalecería la posición dominante en el mercado sueco de productos de hormigón premezclado...

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