Un nuevo escenario docente universitario: el Espacio Europeo de Educación Superior

AuthorAna María Delgado García (Coord.)
ProfessionProfesora de Derecho Financiero y Tributario

La incidencia de la sociedad de la información y del conocimiento en todos los niveles de la educación, pero, especialmente en la educación superior, ha conducido a la Unión Europea a adoptar una estrategia global y común en todos los países miembros que pasa por una necesaria reforma de los heterogéneos sistemas nacionales de educación superior para adaptarse a las necesidades de esta nueva realidad social, la Europa del conocimiento, en la que la educación es un factor clave para el desarrollo social y económico.

Por consiguiente, se hace necesario establecer un sistema docente que permita una formación integral de los estudiantes para adaptarse a las necesidades de la sociedad y al cada vez más competitivo mercado laboral transnacional, que requiere unos determinados perfiles competenciales y unos conocimientos permanentemente actualizados. Lo cual se convierte en todo un desafío para la comunidad universitaria y para los responsables en política universitaria.

La mencionada reforma está encaminada, pues, a la convergencia y armonización de la enseñanza superior a través un proceso, que culminará en el año 2010, y que ha de conducir al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), en conexión con el Espacio Europeo de Investigación. Este nuevo marco universitario responde a los principios de calidad, movilidad, competitividad y ha de ser respetuoso con la diversidad de culturas, lenguas y sistemas de educación como fuente de riqueza (“unión en la diversidad”) para hacerlo atractivo especialmente para países no europeos.

1.1. Principales objetivos del Espacio Europeo de Educación Superior

Este proceso de construcción del Espacio Europeo de Educación Superior, impulsado por la Unión Europea, se inicia con la Declaración de La Sorbona de mayo de 1998, firmada por los ministros de educación de Francia, Alemania, Italia y Reino Unido, y se consolida con la Declaración de Bolonia, firmada en junio de 1999, por países que excedían el ámbito estricto de la Unión Europea.1

Los principales objetivos y actuaciones de la Declaración de Bolonia pueden resumirse en los siguientes puntos. En primer lugar, la armonización de los sistemas nacionales de titulaciones basada, esencialmente, en los dos ciclos principales consecutivos de grado y posgrado, que alternan diferentes perfiles y orientaciones: el primero de ellos (bachelor), capacita a los estudiantes para integrarse en el mercado laboral europeo con una cualificación profesional adecuada; en tanto que el segundo habilita a la obtención de los títulos de Máster y Doctor y se concibe como una formación académica más específica orientada a la formación profesional avanzada o a la investigación.2 Con lo cual, en algunos países, como España, desaparecen los actuales títulos de Diplomatura, Ingeniería Técnica y Arquitectura Técnica y puede producirse un acortamiento de los títulos de Licenciatura, Ingeniería y Arquitectura, que pasarán de los cinco cursos a tres, con carácter general, y a cuatro en determinados casos; y, por otro lado, los estudios de máster gozarán, por fin, de la consideración de titulación oficial. Fruto de esta estructuración de los títulos oficiales, se concibe al estudiante como alguien que entra y sale del sistema universitario varias veces a lo largo de su vida.

En segundo lugar, el establecimiento de un sistema europeo de cómputo y transferencia de créditos, para fomentar la comparabilidad de forma fácil y comprensible de los estudios y promover la movilidad, reconocimiento académico e integración profesional de los titulados en el mercado laboral de los estudiantes. El sistema diseñado es el ECTS o Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (European Credit Transfer System).

En tercer lugar, la implantación de un Suplemento Europeo al Título, constituido como un modelo de información unificado, personalizado para el titulado universitario, sobre los estudios cursados, su contexto nacional y las competencias y capacidades profesionales adquiridas.3 De modo que el mencionado Suplemento permite, a pesar de la divergencia existente entre los modelos universitarios de los diferentes países europeos, que los conocimientos y capacidades adquiridas sean reconocidos académicamente en toda Europa, así como profesionalmente al ser conocidos por los potenciales empleadores.4 Así pues, se convierte en un elemento que dota de transparencia al sistema universitario europeo y que permite la comprensión y comparabilidad de los títulos universitarios para favorecer la ocupabilidad (employability).

Otros objetivos de la Declaración de Bolonia consisten en la promoción de la colaboración europea para desarrollar métodos comparables para garantizar la calidad a través de mecanismos de evaluación, acreditación o certificación;5 facilitar la movilidad académica y laboral de todos los agentes implicados en la educación superior (estudiantes, docentes y personal administrativo y de servicios); y fomentar la dimensión europea de la enseñanza superior a través de la cooperación institucional en todos los niveles, desarrollando metodologías comparables y titulaciones conjuntas, especialmente, en el ámbito de los másters que deben aspirar a ser de reconocido prestigio y calidad en el ámbito internacional6.

En suma, el sistema universitario europeo en este nuevo escenario debe tener como eje vertebrador el aprendizaje, armonizándose la estructura de las titulaciones y aplicando sistemas comunes de compatibilizar y evaluar el aprendizaje. Como consecuencia, se producirán mejoras en los sistemas universitarios; las universidades ocuparán una mejor posición de competitividad; y los titulados, paralelamente tendrán una mayor competitividad a nivel internacional. Para ello, se precisa una estrecha cooperación por parte de las instituciones políticas y educativas de Europa, respetando la autonomía universitaria.

Posteriormente, se han consolidado y ampliado estos objetivos de la Declaración de Bolonia en otros foros: la Conferencia de Universidades Europeas celebrada en marzo de 2001 en Salamanca;7 la Conferencia de estudiantes europeos celebrada también en marzo de 2001 en Goteborg;8 la Declaración de Praga de mayo de 20019; la Cumbre del Consejo Europeo celebrada en marzo de 2002; la Comunicación de la Comisión Europea sobre el papel de las Universidades en la Europa del conocimiento de febrero de 200310; la Declaración de Graz de mayo de 2003, adoptada en el seno de la Convención organizada por la Asociación Europea de Universidades; el Comunicado de la Conferencia de Ministros de Educación celebrada en septiembre de 2003 en Berlín y, finalmente, la Cumbre de Bergen, celebrada en mayo de 2005.

Entre los nuevos elementos introducidos en el planteamiento inicial de la Declaración de Bolonia, cabe destacar los siguientes: la idea de la formación y aprendizaje a lo largo de la vida (lifelong learning) como forma de dar respuesta a los retos de la competitividad económica y de las tecnologías de la información y la comunicación, así como para mejorar la cohesión social, la igualdad de oportunidades y la calidad de vida, ya que la formación es un proceso integral, progresivo, continuo y que debe adaptarse a las diferentes etapas de la vida;11 la participación activa de los estudiantes y las Universidades; y, finalmente, hacer atractivo el EEES sobre todo para estudiantes no europeos mediante la comparabilidad de los estudios, la variedad de programas y la cooperación interuniversitaria, y la calidad de la enseñanza y la investigación mediante el desarrollo de mecanismos de certificación y acreditación a través de...

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