Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera), de 27 de octubre de 2005, en el asunto C-175/03: República Helénica contra Comisión de las Comunidades Europeas («FEOGA Decisión 2003/102/CE Gastos excluidos de la financiación comunitaria Ayudas al mantenimiento de los olivares en las islas menores del mar Egeo Ejercicios 1999-2001»)

SectionCase
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

1) Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 49 CE al incluir en el pliego de condiciones de un contrato público de prestación de servicios sanitarios de terapias respiratorias domiciliarias y otras técnicas de ventilación asistida, por una parte, un requisito de admisión que obliga a la empresa licitadora a disponer, en el momento de la presentación de la oferta, de una oficina abierta al público en la provincia en la que debe prestarse el servicio o, en su caso, en su capital y, por otra parte, unos criterios de valoración de las ofertas que, a efectos de atribuir puntos adicionales, toman en consideración la existencia, en ese mismo momento, de instalaciones de producción, de acondicionamiento y de envasado ubicadas, según el caso, en España o a menos de 1 000 km de la provincia de que se trate, o de oficinas abiertas al público en otras localidades determinadas de esta última, y que, en caso de empate entre varias ofertas, favorecen a la empresa que haya prestado anteriormente el servicio de que se trata.

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

3) Condenar en costas al Reino de España.

(1 ) DO C 135, de 7.6.2003.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 27 de octubre de 2005 en el asunto C-175/03: República Helénica contra Comisión de las Comunidades Europeas (1 ) ('FEOGA -- Decisión 2003/102/CE -- Gastos excluidos de la financiación comunitaria -- Ayudas al mantenimiento de los olivares en las islas menores del mar Egeo -- Ejercicios 1999-2001') (2005/C 330/03) (Lengua de procedimiento: griego) En el asunto C-175/03, que tiene por objeto un recurso de anulación interpuesto, con arreglo al artículo 230 CE, el 10 de abril de 2003, República Helénica (agentes: Sr. V. Kontolaimos y Sra. S. Charitaki) contra Comisión de las Comunidades Europeas (agente: Sra. M. Condou-Durande, asistida por el Sr. N.

Korogiannakis, abogado), el Tribunal de Justicia (Sala Tercera), integrado por el Sr. A. Rosas, Presidente de Sala, y los Sres. J.-P.

Puissochet (Ponente), S. von Bahr, J. Malenovský y U. Lõhmus,

Jueces; Abogado General: Sr. F.G. Jacobs; Secretaria: Sra. Lynn Hewlett, administradora principal, ha dictado el 27 de octubre de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

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