El Abogado General favorable a la interpretación extensiva de la protección por nombres geográficos.

En un dictamen emitido el pasado 22 de mayo el Señor Tizzano, abogado general de la UE, se muestra partidario de que los productos que se exporten a la UE gocen de la misma protección en cuanto a denominaciones de origen y nombres geográficos que los originarios de la UE, sin necesidad de exigir reciprocidad a los países productores.

En la opinión del Sr. Tizzano, los acuerdos bilaterales entre un estado miembro y un tercer país que concedan protección a una indicación geográfica son ajustados al derecho comunitario con independencia del enlace existente entre el producto y su origen. Por el contrario, no sería legítimo que un estado miembro conceda protección absoluta a una indicación que no establezca ningún vínculo entre el producto y su origen.

Algunos productos europeos tales como los jamones de Parma o Serrano, o los quesos Stilton o Roquefort, son únicos y tienen un valor añadido especial debido no solamente a la manera en que se hacen sino al lugar en que se hacen.

En casos como estos, en los que un producto adquiere una reputación que trasciende las fronteras nacionales, puede encontrarse con la competencia de productos que se hacen pasar por el artículo auténtico y utilizan el mismo nombre. Este tipo de competencia desalienta a los productores y engaña a los consumidores. Para combatir este tipo de competencia desleal la UE ha creado la protección a indicaciones geográficas. Este sistema protege los productos que se producen, tratan y preparan en un área geográfica. En caso de que el enlace geográfico solo se de en una de las etapas (producción, tratamiento o preparación), la ley concede una protección menor al producto.

En caso de que el Tribunal apoye la opinión...

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