Reglamento (CE) nº 1380/1999 de la Comisión, de 25 de junio de 1999, que modifica el Reglamento (CE) nº 1304/1999 por el que se fijan las restituciones por exportación en el sector de las frutas y hortalizas

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 26. 6. 1999L 162/62

REGLAMENTO (CE) No 1380/1999 DE LA COMISIÓN de 25 de junio de 1999 que modifica el Reglamento (CE) no 1304/1999 por el que se fijan las restituciones por exportación en el sector de las frutas y hortalizas LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas (1 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 857/1999 (2 ), y, en particular, su apartado 11 de su artículo 35,

Considerando que el Reglamento (CE) no 2190/96 de la Comisión (3 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1303/1999 (4 ), establece las disposiciones de aplicación de las restituciones por exportación en el sector de las frutas y hortalizas;

Considerando que el Reglamento (CE) no 1304/1999 de la Comisión (5 ) fija las restituciones por exportación en el sector de las frutas y hortalizas;

Considerando que procede fijar en tres meses el período de validez de los certificados A2;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las frutas y hortalizas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El apartado 3 del artículo 1 del Reglamento (CE) no 1304/1999 se sustituirá por el texto siguiente:

'3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 4 del Reglamento (CE) no 2190/96, los certificados del tipo A1 y A2 tendrán una validez de tres meses.'.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 26 de junio de 1999.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado...

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