Decisión de la Comisión, de 10 de febrero de 2011, por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces [notificada con el número C(2011) 701]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

11.2.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 37/25

ES

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 10 de febrero de 2011

por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces

[notificada con el número C(2011) 701]

(Texto pertinente a efectos del EEE) (2011/93/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior

( 1

), y, en particular, su artículo 20, apartados 1 y 3,

Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE

( 2 ), y, en particular, la segunda frase de su artículo 6, apartado 4, párrafo segundo,

Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países

( 3

), y, en particular, su artículo 6, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2009/821/CE de la Comisión, de 28 de septiembre de 2009, por la que se establece una lista de puestos de inspección fronterizos autorizados y se disponen determinadas normas sobre las inspecciones efectuadas por los expertos veterinarios de la Comisión, así como unidades veterinarias de Traces

( 4

), establece una lista de puestos de inspección fronterizos autorizados de conformidad con las Directivas 91/496/CEE y 97/78/CE. Esta lista figura en el anexo I de dicha Decisión.

(2) Dinamarca ha comunicado que el centro de inspección n o 2 del puesto de inspección fronterizo del puerto de Hirtshals debe suprimirse de la entrada correspondiente a este puesto de inspección fronterizo establecida en el anexo I de la Decisión 2009/821/CE. Además, las categorías de productos de origen animal que pueden controlarse actualmente en el puesto de inspección fronte rizo del aeropuerto de Billund deben suprimirse de la entrada correspondiente a este puesto de inspección fronterizo.

(3) Tras una inspección con resultados satisfactorios realizada por los servicios de inspección de la Comisión, la Oficina Alimentaria y Veterinaria, habría que añadir un puesto de inspección fronterizo adicional en Kalundborg, Dinamarca, a la lista establecida para este Estado miembro en la Decisión 2009/821/CE.

(4) Alemania ha comunicado que el centro de inspección «Frigo Altenwerder» en el puesto de inspección fronterizo del puerto de Hamburgo debe sustituirse por el centro de inspección «Altenwerder Kirchtal», en el cual se pueden controlar categorías de productos de origen animal adicionales. Este nuevo centro de inspección debe incluirse en la lista de entradas para este puesto de inspección fronterizo establecida en el anexo I de la Decisión 2009/821/CE.

(5) Grecia ha comunicado que la autorización del puesto de inspección fronterizo ferroviario de Neos Kafkassos debe retirarse de la lista establecida en el anexo I de la Decisión 2009/821/CE. Además, deben suprimirse de la entrada correspondiente al mencionado puesto de inspección fronterizo determinadas categorías de animales que...

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