Reglamento (CE) nº 825/2007 de la Comisión, de 13 de julio de 2007, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 825/2007 DE LA COMISIÓN de 13 de julio de 2007 por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2) En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 14 de julio de 2007.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 13 de julio de 2007.

Por la Comisión Jean-Luc DEMARTY Director General de Agricultura y Desarrollo Rural ESL 184/6 Diario Oficial de la Unión Europea 14.7.2007 (1) DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 756/2007 (DO L 172 de 30.6.2007, p. 41).

ANEXO del Reglamento de la Comisión, de 13 de julio de 2007, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas (EUR/100 kg) Código NC Código país tercero (1) Valor global de importación 0702 00 00 MK 48,1

TR 83,4

XS 23,6

ZZ 51,7

0707 00 05 TR 114,3

ZZ 114,3

0709 90 70 TR 88,7

ZZ 88,7

0805 50 10 AR 52,7

UY 55,7

ZA 57,0

ZZ 55,1

0808 10 80 AR 87,5

BR 83,0

CL 88,0

CN 100,8

NZ 102,2

US 108,3

UY 60,7

ZA 87,8

ZZ 89,8

0808 20 50 AR...

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