Directiva 2010/6/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por la que se modifica el anexo I de la Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta al mercurio, el gosipol libre, los nitritos y Mowrah, Bassia y Madhuca

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

10.2.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 37/29

ES

DIRECTIVAS DIRECTIVA 2010/6/UE DE LA COMISIÓN

de 9 de febrero de 2010

por la que se modifica el anexo I de la Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta al mercurio, el gosipol libre, los nitritos y Mowrah, Bassia y Madhuca

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de mayo de 2002, sobre sustancias indeseables en la alimentación animal

( 1 ), y, en particular, su artículo 8, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 2002/32/CE prohíbe la utilización de productos destinados a la alimentación animal cuyo contenido de sustancias indeseables supere los niveles máximos fijados en su anexo I.

(2) En lo que respecta al mercurio, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) concluyó en su dictamen de 20 de febrero de 2008

( 2

) que el actual nivel máximo correspondiente a los piensos completos para peces (0,1 mg/kg) y el nivel máximo para los piensos producidos mediante la transformación de pescado u otros animales marinos (0,5 mg/kg) no están armonizados. Tras una serie de cambios recientes en las fórmulas de los piensos, los piensos para peces contienen más aceite de pescado y harina de pescado, pero, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes, está en peligro la disponibilidad de estas valiosas materias primas para la producción de piensos para peces. A fin de solucionar este problema, es pertinente prever un pequeño incremento del nivel máximo para el pienso para peces, y este incremento no pondría en peligro el cumplimiento de los niveles máximos establecidos en lo que respecta al mercurio para los peces de piscifactoría. Además, se concluye a partir de ese mismo dictamen que el actual nivel máximo para los piensos completos para perros y gatos no ofrece la suficiente protección. Por consiguiente, debe reducirse dicho nivel máximo. Teniendo en cuenta que el nivel de sensibilidad de los animales de peletería es similar al de los gatos, dicho nivel máximo también debe aplicarse a este tipo de animales.

(3) En lo que se refiere a los nitritos, la EFSA concluyó en su dictamen de 25 de marzo de 2009

( 3 ) que, para porcinos y bovinos, en tanto que especies sensibles representativas destinadas a la producción de alimentos, los márgenes de seguridad de los respectivos niveles sin efecto adverso observado (NOAEL) son suficientes. Además, consideró que la presencia de nitritos en los productos de origen animal no presenta ningún peligro para la salud humana. El nitrito ya está...

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