2000/C 225 E/176E-2535/99 de Heidi Hautala a la Comisión Asunto: Desigualdad de trato de la ley austriaca sobre universidades

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta de la Sra. de Palacio en nombre de la Comisión (1 de febrero de 2000) El proyecto de Decreto presidencial por el que se modifica el artículo 5 del Decreto legislativo no 187 de 29 de septiembre-3 de octubre de 1973 relativo a la promulgación del Código de Derecho marítimo público, responde a la sentencia del tribunal de Justicia de 27 de noviembre de 1997 sobre el asunto C-62/96 relativo a las condiciones de inscripción de buques en los registros. El proyecto fue examinado por la Comisión y declarado conforme a la legislación comunitaria y, una vez publicado, permitirá archivar el procedimiento de infracción.

En virtud del artículo 43 (antiguo artículo 52) del tratado CE, los buques pertenecientes a nacionales o a compañías de los Estados miembros que hayan sido inscritos en el registro griego deberán someterse a las mismas condiciones que se aplican al resto de los buques griegos. Lo dispuesto en la legislación griega en cuanto a composición de tripulaciones, introducción de una lengua común de trabajo, expedición de licencias de explotación, personal de seguridad y otros requisitos de la legislación griega serán igualmente aplicables, sin distinción, a dichos buques.

(2000/C 225 E/176) PREGUNTA ESCRITA E-2535/99 de Heidi Hautala (Verts/ALE) a la Comisión (4 de enero de 2000) Asunto: Desigualdad de trato de la ley austriaca sobre universidades De conformidad con los artículos 149 y 150 del Tratado de Amsterdam, deben fomentarse las posibilidades de los estudiantes universitarios de cursar estudios en otros Estados miembros. La movilidad de estudiantes e investigadores incrementará la libertad de elección de los ciudadanos particulares y las posibilidades de desarrollo personal e incrementará los recursos intelectuales y humanos de la Comunidad.

La legislación austriaca (Hochsschulstudiumgesetz AHStG § 7 Abs 1) establece para las personas procedentes de otros Estados miembros requisitos diferentes a los que se exigen a los nacionales austriacos que solicitan su admisión en un centro de enseñanza. Para obtener plaza en un centro de enseñanza, los austriacos deben demostrar de manera 'general' su madurez para acceder a la enseñanza superior. Sin embargo, por ejemplo, el certificado que demuestra la madurez general para acceder a la enseñanza superior en Finlandia no se considera suficiente en Austria, por lo que además se exige demostrar de manera 'específica' dicha madurez. En la práctica se ha interpretado este requisito en el...

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