Reglamento (CE) nº 250/2006 de la Comisión, de 13 de febrero de 2006, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 560/2005 del Consejo, por el que se imponen algunas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Costa de Marfil

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 250/2006 DE LA COMISI”N

de 13 de febrero de 2006

por el que se modifica el Reglamento (CE) no 560/2005 del Consejo, por el que se imponen algunas medidas restrictivas especÌficas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situaciÛn en Costa de Marfil

LA COMISI”N DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 560/2005 del Consejo, de 12 de abril de 2005, por el que se imponen algunas medidas restrictivas especÌficas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situaciÛn en Costa de Marfil (1), y, en particular, su artÌculo 11, letra a), Considerando lo siguiente:

(1) El anexo I del Reglamento (CE) no 560/2005 enumera las personas fÌsicas y jurÌdicas y las entidades afectadas por la congelaciÛn de fondos y recursos econÛmicos con arreglo a dicho Reglamento.

(2) El 7 de febrero de 2006, el ComitÈ de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas fijÛ una primera lista de tres personas fÌsicas a las que deber· aplicarse la congelaciÛn de fondos y recursos econÛmicos. El anexo I deber· ser modificado en consecuencia.

(3) Con objeto de garantizar que las medidas establecidas en el presente Reglamento sean efectivas, el presente Reglamento deber· entrar inmediatamente en vigor.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

ArtÌculo 1

Queda modificado el anexo I del Reglamento (CE) no 560/2005 tal como se establece en el anexo del presente Reglamento.

ArtÌculo 2

El presente Reglamento entrar· en vigor el dÌa de su publication en el Diario Oficial de la UniÛn Europea.

El presente Reglamento ser· obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 13 de febrero de 2006.

Por la ComisiÛn Eneko LAND¡BURU

Director General de Relaciones Exteriores ES L 42/24 Diario Oficial de la UniÛn Europea 14.2.2006

(1) DO L 95 de...

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