Reglamento (CE) nº 2323/2003 del Consejo, de 17 de diciembre de 2003, por el que se fijan los importes de la ayuda concedida en el sector de las semillas para la campaña de comercialización de 2004/05

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

REGLAMENTO (CE) No 2323/2003 DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2003 por el que se fijan los importes de la ayuda concedida en el sector de las semillas para la campaña de comercialización de 2004/05 EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 37,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité de las Regiones,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 3 del Reglamento (CEE) no 2358/71 del Consejo, de 26 de octubre de 1971, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las semillas (3) ha sido suprimido, a partir de la campaña de comercialización de 2005/06, por el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores (4). Por consiguiente, no obstante lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 2358/71, procede fijar los importes de la ayuda para la producción de semillas únicamente para la campaña de 2004/05.

(2) La situación del mercado de la Unión Europea y su previsible evolución no garantizan unos ingresos justos a los productores, por lo que es necesario concederles una ayuda para laproducción de semillas en la citada campaña.

(3) El apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 2358/71 dispone que los importes de la ayuda deben fijarse teniendo en cuenta, por un lado, la necesidad de asegurar el equilibrio entre el volumen de la producción necesaria en la Comunidad y las posibilidades de comercialización de dicha producción y, por otro, los precios de esos productos en los mercados exteriores.

(4) Aplicando esos criterios, los importes de la ayuda aplicablesen la campaña de comercialización de 2004/05 que se obtienen son los que se figuran en el anexo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 2358/71, en el anexo del presente Reglamento se fijan los importes de la ayuda concedida en el sector de las semillas para la campaña de comercialización de 2004/ 05.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el...

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