La incidencia de la Unión Europea en el empleo juvenil

AuthorEduardo Enrique Taléns Visconti
Pages303-322
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LA INCIDENCIA DE LA UNIÓN EUROPEA
EN EL EMPLEO JUVENIL
Eduardo Enrique Taléns Visconti
Profesor Ayudante Doctor
Universidad de Valencia
RESUMEN
La Ley 18/2014, de 15 de octubre, instauró en España un Sistema Nacional de Garantía
Juvenil. El antecedente supranacional más inmediato de esta regulación la encontramos en la
Recomendación del Consejo Europeo de 22 de abril de 2013 para el establecimiento de una
Garantía Juvenil, que reservó importantes recursos monetarios de la UE para los Estados
miembro que implantaran un sistema para atender a los jóvenes desempleados que tampoco
estén recibiendo formación. A lo largo de las siguientes páginas ahondaré sobre el régimen
jurídico de esta Garantía Juvenil en España y su impacto tras los primeros años de aplicación.
Palabras clave: Garantía Juvenil, desempleo, crisis económica, jóvenes, formación,
bonificaciones, fichero, oferta de empleo.
ABSTRACT
Law 18/2014 of 15 october, established a national Youth Guarantee in Spain. The most
immediate supranational antecedent of this regulation can be found on the recommendation
of the European Council of 22 April 2013, for the establishment of a Youth Guarantee. It
reserved important monetary resources of States UE members that implanted a system to to
cater for de young unemployed who are not receiving training. Througouht the following
pages I will eleborate on the legal regime of this Youth Guarantee in Spain and its impact after
the first years of implementation.
Key words: Youth Guarantee, unemployment, economic crisis, youngers, training,
rebates, file, job offer.
Parte 3. Medidas de sostenimiento del empleo en el marco europeo
Olga García Coca (Coordinadora)
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1. PUNTO DE PARTIDA: LA RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO EUROPEO
En 2014 la tasa de desempleo juvenil de los menores de 25 años representó el
51,6% de los parados. Como podrá apreciarse con facilidad, hasta el año 2015 más
de la mitad de las personas desempleadas de toda España estaba integrada por jó-
venes de edades comprendidas entre los 16 y los 25 años de edad. Con todo, cabe
mencionar que desde el año 2015 esta situación ha mejorado sensiblemente, si bien,
los jóvenes continúan personificando las tasas de desempleo más elevadas entre la
población española y siguen acercándose, peligrosamente, a la medianía de todos
los desocupados, aunque sin llegar a sobrepasar este umbral –como así sucedía unos
años atrás-. Otro de los datos más relevantes y que demuestra la eminente situación
de paro juvenil padecida vendría representado por la comparativa con los países de
nuestro entorno, donde a lo largo de estos últimos años España ha venido doblando
la media de jóvenes sin trabajo de la UE.
La gravedad de estos números, en lo que a desempleo juvenil se refiere, conje-
tura que estamos ante un problema económico de naturaleza endémica y carácter
estructural. Esta situación conlleva graves consecuencias actuales que, además, se
arrastrarán de cara al futuro, no sólo en lo que se refiere a los jóvenes, sino también
hacia la sociedad en general. Así, las elevadas tasas de desempleo juvenil y abando-
no escolar prematuro no sólo conducen a una pérdida de oportunidades para los
jóvenes, sino también suponen un desperdicio de potencial social y económico para
la UE en su conjunto1. Por lo demás, la reciente crisis económica no ha hecho más
que potenciar el recrudecimiento de este problema. En los momentos centrales de la
recesión económica nos encontrábamos ante una coyuntura económica y social in-
sostenible a nivel europeo, que amenazaba seriamente con retrasar la recuperación
económica y la puesta en peligro el modelo de bienestar social2. Por ello, se dejaba
pasar por alto esta circunstancia, sin intentar revertirla, se corría el riesgo de agravar
la desconexión entre el ámbito educativo y el laboral, contribuyendo a formar una
espiral de exclusión social3. Una de las consecuencias de este desfavorable escenario
sería la de una juventud hipotecada, con graves consecuencias para las tendencias
demográficas de la Unión Europea4. No cabe desconocer tampoco que la trayecto-
ria del empleo juvenil es muy sensible al ciclo económico. En general, los jóvenes
son los primeros en perder sus empleos en tiempos de contracción económica y los
1 En este sentido, NIETO ROJAS, P. “La formación como elemento diferencial en la inserción la-
boral de los jóvenes poco cualificados. Un enfoque comparado”. En Jóvenes y Empleo. Una mirada desde el
Derecho, la Sociología y la Economía (Centro Reina Sofía). 2016. Página 146.
2 Así, ESCUDERO VASCONEZ, V Y LÓPEZ MORUELO, E. “El Sistema de Garantía Juvenil en Europa:
características, desarrollo y desafíos”. En Información Comercial Española (ICE), núm. 881. 2014. Página 83.
3 FERNÁNDEZ ORRICO, F. “El Sistema Nacional de Garantía Juvenil: nuevo instrumento de actua-
ción y apoyo a la contratación de jóvenes”. En Revista de Trabajo y Seguridad Social, núm. 377-378. 2014.
Página 148.
4 GONZÁLEZ DÍAZ, F.A. “La garantía juvenil ¿una respuesta a la crisis del empleo de los jóvenes?”.
En Nueva Revista Española de Derecho del Trabajo, núm. 181. 2015. Página 10 (BIB 2015/167290).

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