Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2015, acompañado de las respuestas de las instituciones

SectionInforme anual
Issuing OrganizationTribunal de Cuentas Europeo

13.10.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 375/1

Conforme a lo dispuesto en el artículo 287, apartados 1 y 4, del TFUE, en los artículos 148, apartado 1, y 162, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo, y en los artículos 43, 48 y 60 del Reglamento (CE) n.o 215/2008 del Consejo, de 18 de febrero de 2008, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al décimo Fondo Europeo de Desarrollo, modificado por el Reglamento (UE) n.o 567/2014,

el Tribunal de Cuentas de la Unión Europea, en su reunión del día 14 de julio de 2016, ha aprobado sus

INFORMES ANUALES

relativos al ejercicio 2015.

Los informes, acompañados de las respuestas de las instituciones a las observaciones del Tribunal, han sido transmitidos a las autoridades responsables de la aprobación de la gestión y a las demás instituciones.

Los Miembros del Tribunal de Cuentas son:

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA (Presidente), Kersti KALJULAID, Karel PINXTEN, Henri GRETHEN, Szabolcs FAZAKAS, Louis GALEA, Ladislav BALKO, Lazaros S. LAZAROU, Hans Gustaf WESSBERG, Pietro RUSSO, Ville ITÄLÄ, Kevin CARDIFF, Baudilio TOMÉ MUGURUZA, Iliana IVANOVA, George PUFAN, Neven MATES, Alex BRENNINKMEIJER, Danièle LAMARQUE, Nikolaos MILIONIS, Phil WYNN OWEN, Klaus-Heiner LEHNE, Oskar HERICS, Bettina JAKOBSEN, Janusz WOJCIECHOWSKI, Samo JEREB, Jan GREGOR, Mihails KOZLOVS y Rimantas ŠADŽIUS.

Introducción general7

Capítulo 1 — Declaración de fiabilidad e información de apoyo9

Capítulo 2 — Gestión presupuestaria y financiera49

Capítulo 3 — Obtención de resultados a partir del presupuesto de la UE77

Capítulo 4 — Ingresos125

Capítulo 5 — «Competitividad para el crecimiento y el empleo»143

Capítulo 6 — «Cohesión económica, social y territorial»161

Capítulo 7 — «Recursos naturales»207

Capítulo 8 — «Una Europa global» y «Seguridad y ciudadanía»253

Capítulo 9 — «Administración»275

0.1. El Tribunal de Cuentas Europeo es la institución establecida por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (1) para llevar a cabo la fiscalización de las finanzas de la Unión Europea (UE). Como auditor externo de la UE, actúa de guardián independiente de los intereses financieros de los ciudadanos de la Unión y contribuye a mejorar la gestión financiera de esta. Más información sobre el trabajo del Tribunal puede consultarse en el informe anual de actividades, en los informes especiales sobre los programas de gasto y los ingresos de la UE, en los análisis panorámicos y en los dictámenes sobre nuevos textos legislativos o modificaciones de los vigentes, así como en las decisiones con implicaciones para la gestión financiera (2).

0.2. Este es el 39.o Informe Anual del Tribunal sobre la ejecución del presupuesto de la UE y corresponde al ejercicio 2015. En un documento separado figura el Informe Anual sobre los Fondos Europeos de Desarrollo.

0.3. El Consejo y el Parlamento Europeo aprueban anualmente el presupuesto general de la UE. El Informe Anual del Tribunal, junto con los informes especiales, sirve de base al procedimiento de aprobación de la gestión por el que el Parlamento Europeo, previa recomendación del Consejo, decide si la Comisión ha cumplido satisfactoriamente con sus responsabilidades de ejecución del presupuesto. Una vez publicado, el Informe Anual se transmite a los parlamentos nacionales al mismo tiempo que al Consejo y al Parlamento Europeo.

0.4. La declaración del Tribunal sobre la fiabilidad de las cuentas consolidadas de la UE y la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (en lo sucesivo en el informe «regularidad de las operaciones») constituye la parte fundamental del Informe Anual. La declaración del Tribunal se completa con observaciones específicas sobre cada uno de los principales ámbitos de actividad de la Unión Europea.

0.5. La estructura de los capítulos refleja las rúbricas del marco financiero plurianual, que entró en vigor en 2014 para determinar el volumen y la distribución del gasto de la UE durante todo el período hasta 2020.

0.6. No existen estados financieros separados para las distintas rúbricas del marco financiero plurianual, por lo que las conclusiones presentadas en las observaciones específicas no constituyen opiniones de auditoría, pero presentan cuestiones específicas de cada rúbrica.

0.7. El Informe del Tribunal se estructura este año de la siguiente manera: — el capítulo 1 contiene la declaración de fiabilidad y una síntesis de los resultados de nuestra fiscalización sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad de las operaciones;

— el capítulo 2 presenta las constataciones sobre la gestión presupuestaria y financiera;

— el capítulo 3 contribuye al objetivo estratégico de mejorar la rendición pública de cuentas de la UE y se centra en el grado en que el marco de rendimiento en el ámbito de Horizonte 2020, su programa de investigación e innovación, permite a la Comisión supervisar y dirigir los progresos hacia sus objetivos;

— el capítulo 4 presenta las constataciones sobre los ingresos;

— los capítulos 5 a 9 muestran, respecto de las principales rúbricas del MFP (3), los resultados de la verificación de la regularidad de las operaciones y un examen de los informes anuales de actividad y de otros elementos de los sistemas de control interno, así como otras disposiciones de gobernanza.

0.8. Las respuestas de la Comisión (o las respuestas de otras instituciones y órganos de la UE, en su caso) a las observaciones del Tribunal se presentan dentro del documento, y las constataciones y conclusiones tienen en cuenta estas respuestas. Sin embargo, el Tribunal tiene la obligación, como auditor externo, de comunicar las constataciones de auditoría, de extraer las consiguientes conclusiones y de ofrecer de esta manera una valoración independiente e imparcial de la fiabilidad de las cuentas y de la regularidad de las operaciones.

(1) Artículos 285 a 287.

(2) Disponible en nuestro sitio web: http://eca.europa.eu.

(3) El capítulo 8 «Una Europa global» y «Seguridad y ciudadanía» consta de dos partes. La parte 1 de la rúbrica 4 del MFP (Una Europa global) y la parte 2 con el análisis del Tribunal de la rúbrica 3 del MFP (Seguridad y ciudadanía). El análisis de la rúbrica 3 del MFP no incluye el nivel de error estimado. El Tribunal no presenta observaciones específicas sobre los gastos de la rúbrica 6 del MFP (Compensaciones) y otros gastos.

Declaración de fiabilidad presentada por el Tribunal al Parlamento Europeo y al Consejo — Informe del auditor independienteI-XII

Introducción1.1-1.3

El gasto de la UE constituye un instrumento significativo para lograr objetivos políticos1.1-1.3

Las cuentas no estaban afectadas por incorrecciones materiales1.4-1.7

Cuestiones clave de auditoría1.8-1.18

Información adicional solicitada a la Comisión para justificar la valoración de los instrumentos financieros en gestión compartida1.9-1.11

Evaluación del tratamiento contable de las operaciones de garantía del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE)1.12-1.16

Evaluación del aumento de los gastos devengados presentados en las cuentas1.17-1.18

Regularidad de las operaciones: Aunque los niveles de error estimados por el Tribunal siguen siendo significativos, algunos aspectos mejoraron1.19-1.43

Los resultados de la fiscalización del Tribunal de 2015 presentan un panorama similar en líneas generales al de los últimos ejercicios1.20-1.33

La Comisión incrementó sustancialmente sus estimaciones del nivel de error en documentos sucesivos…1.34-1.36

… y el cálculo de la capacidad correctora sigue planteando dificultades a la Comisión1.37-1.41

La oportuna adopción de medidas correctoras redujo el nivel de error estimado por el Tribunal1.42-1.43

Notificación de casos de presunto fraude a la OLAF1.44

Conclusiones1.45-1.48

Resultados de auditoría1.46-1.48

Anexo 1.1 — Enfoque y metodología de auditoría

Anexo 1.2 — Sistemas empleados por los EE UU y la UE para comprobar y notificar los pagos indebidos e irregulares

Anexo 1.3 — Frecuencia de los errores detectados en la muestra de auditoría correspondiente al ejercicio 2015

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD PRESENTADA POR EL TRIBUNAL AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO — INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE I. El Tribunal ha fiscalizado: a) las cuentas consolidadas de la Unión Europea, que comprenden los estados financieros consolidados (1) y los estados agregados sobre la ejecución presupuestaria (2) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2015, aprobados por la Comisión el 11 de julio de 2016;

b) la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Responsabilidades de la dirección

II. En virtud de los artículos 317 y 318 del TFUE, así como del Reglamento Financiero, la Comisión es responsable de la preparación y la presentación de las cuentas consolidadas de la Unión Europea basadas en las normas de contabilidad internacionalmente aceptadas para el sector público, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes. Esta responsabilidad consiste en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error. La Comisión es responsable en última instancia de la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a...

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