Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre las actividades financiadas por los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo (FED) relativo al ejercicio 2017, acompañado de las respuestas de la Comisión

SectionInforme anual sobre las actividades financiadas por el Fondo Europeo de Desarrollo
Issuing OrganizationTribunal de Cuentas Europeo

4.10.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 357/315

Introducción 1-5

Descripción sucinta de los Fondos Europeos de Desarrollo 2-5

Capítulo I — Ejecución financiera de los octavo, noveno, décimo y undécimo FED 6-10

Capítulo II — Declaración de fiabilidad del Tribunal relativa a los FED 11-41

Declaración de fiabilidad del Tribunal relativa a los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo (FED) dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo — Informe del auditor independiente I-XXI

11 — 41 11-41

11 — 14 11-14

Fiabilidad de las cuentas 15

Regularidad de las operaciones 16-28

Informe anual de actividad y otros mecanismos de gobernanza 29-41

Conclusión y recomendaciones 42-47

Conclusión 42-45

Recomendaciones 46-47

Anexo 1 — Resultados de la verificación de operaciones correspondientes a los Fondos Europeos de Desarrollo

Anexo 2 — Pagos de los FED en 2017 por región principal

Anexo 3 — Seguimiento de anteriores recomendaciones en el ámbito de los Fondos Europeos de Desarrollo

OBSERVACIONES DEL TRIBUNAL INTRODUCCIÓN 1. El presente Informe Anual recoge las actividades financiadas por los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo (FED). En el recuadro 1 se ofrece una visión de conjunto de las actividades y del gasto en este ámbito en 2017.

(millones de euros) Total de pagos 4 256 - anticipos, incluidas las contribuciones del FED a fondos fiduciarios de la UE -2 648 + liquidaciones de anticipos y fondos fiduciarios de la UE 1 876 Población auditada 3 484 Fuente: Tribunal de Cuentas Europeo, a partir de las cuentas consolidadas de 2017 de los octavo, noveno, décimo y undécimo FED y del Informe Anual de Actividad de 2017 de la DG Cooperación Internacional y Desarrollo.

Descripción sucinta de los Fondos Europeos de Desarrollo

  1. Los FED, creados en 1959, constituyen el principal instrumento de ayuda de la Unión Europea (UE) para la cooperación al desarrollo a países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) y países y territorios de ultramar (PTU). El Acuerdo de Asociación firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 por un período de 20 años («Acuerdo de Cotonú») constituye el marco actual por el que se rigen las relaciones de la UE con los países ACP y los PTU. Su principal objetivo es reducir y, en última instancia, erradicar la pobreza.

  2. Los FED se caracterizan principalmente por lo siguiente: a) son financiados por los Estados miembros según cuotas, o «claves de reparto», fijadas por los Gobiernos nacionales en el Consejo de la Unión Europea;

    1. son gestionados por la Comisión, fuera del marco del presupuesto general de la UE, y por el Banco Europeo de Inversiones (BEI);

    2. debido al carácter intergubernamental de los FED, el Parlamento Europeo ejerce un papel más limitado en su funcionamiento que en el caso de los instrumentos de cooperación para el desarrollo financiados por el presupuesto general de la UE: en particular, no interviene en el establecimiento y asignación de los recursos de los FED. No obstante, el Parlamento Europeo sigue siendo la autoridad de aprobación de la gestión, salvo en el caso del mecanismo de inversión gestionado por el BEI y por lo tanto fuera del ámbito de la fiscalización del Tribunal (1) (2);

    3. el principio de anualidad no se aplica a los FED: los acuerdos FED suelen celebrarse para un período de compromiso de cinco a siete años, y los pagos pueden efectuarse durante un período mucho más dilatado.

  3. La gestión de los FED recae casi en su totalidad en la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo de la Comisión (DG Cooperación Internacional y Desarrollo) (3).

  4. Los gastos abarcados por el presente informe se ejecutan mediante una gran variedad de métodos (4) aplicados en 79 países.

    CAPÍTULO I — EJECUCIÓN FINANCIERA DE LOS OCTAVO, NOVENO, DÉCIMO Y UNDÉCIMO FED

  5. El presupuesto del octavo FED (1995-2000) ascendía a 12 840 millones de euros; el del noveno (2000-2007), a 13 800 millones de euros, y el del décimo (2008-2013), a 22 682 millones de euros.

  6. El Acuerdo interno por el que se establece el undécimo FED (5) (2015-2020) entró en vigor el 1 de marzo de 2015 (6). El undécimo FED cuenta con 30 506 millones de euros (7), de los que 29 089 millones de euros se destinan a los países ACP, y 364,5 millones de euros, a los PTU.

  7. El recuadro 2 muestra la utilización de los recursos del FED tanto en 2017 como de manera acumulativa.

    (millones de euros) Situación al final de 2016 Ejecución presupuestaria durante el ejercicio 2017 (neto) (47) Situación al final de 2017 Importe total Porcentaje de ejecución (43) Octavo FED (44) Noveno FED (44) Décimo FED Undécimo FED (44) Importe total Octavo FED Noveno FED Décimo FED Undécimo FED Importe total Porcentaje de ejecución (43) A - RECURSOS (42)

    B - UTILIZACIÓN

  8. Compromisos globales (45)

  9. Compromisos individuales (46)

  10. Pagos

    C - Compromisos pendientes (B1-B3)

    D - Saldo disponible (A-B1)

    Fuente: Tribunal de Cuentas Europeo, a partir de las cuentas anuales consolidadas de 2017 de los octavo, noveno, décimo y undécimo FED. Las cifras presentadas no abarcan la parte de los FED gestionada por el BEI.

  11. En 2017, la DG Cooperación Internacional y Desarrollo siguió esforzándose por reducir antiguas prefinanciaciones y antiguos compromisos no utilizados con un objetivo del 25 % (8) (véase el recuadro 3 ).

    El objetivo de la DG Cooperación Internacional y Desarrollo se superó con una reducción de antiguas prefinanciaciones del 37,60 % para todo su ámbito de responsabilidad (el 32,58 % para los FED) y una reducción de antiguos compromisos no utilizados del 38,49 % (el 37,63 % para los FED).

    Aunque, en el caso de los FED, no se cumplió el objetivo fijado de mantener la cuota de contratos vencidos (9) por debajo del 15 % del total de contratos abiertos (18,75 %), se cumplió el objetivo general (14,95 %). La razón principal de que el porcentaje sea más bajo en el caso de los contratos de los FED es que el cierre de los antiguos contratos vencidos en el marco de los FED es técnicamente más complejo si hay órdenes de recuperación no cobradas. En septiembre de 2017, la DG Cooperación Internacional y Desarrollo inició un nuevo procedimiento para solucionar este problema. El Tribunal hará un seguimiento del nuevo procedimiento en el contexto de su auditoría anual de 2018.

  12. La Comisión cuenta con un indicador clave de resultados relativo a la antigüedad de las prefinanciaciones, pero no dispone de un indicador similar para las contribuciones anticipadas pagadas a los fondos fiduciarios de la UE (el Fondo Fiduciario Bêkou y el Fondo Fiduciario de Emergencia para África).

  13. De acuerdo con las normas contables, las contribuciones de los FED a los fondos fiduciarios de la UE se presentan en las cuentas anuales del FED. Se supervisan y controlan anualmente. Además, el período de absorción RAL (10) de los fondos fiduciarios de la UE, que tiene un impacto directo en la antigüedad de tales contribuciones, se supervisa en tiempo real por medio del indicador clave de resultados 4 (capacidad de absorción RAL). La Comisión considera, por tanto, que la antigüedad de las contribuciones de los FED a los fondos fiduciarios se supervisa correctamente y que no es necesaria la creación de un indicador clave de resultados adicional.

    CAPÍTULO II — DECLARACIÓN DE FIABILIDAD DEL TRIBUNAL RELATIVA A LOS FED

    Declaración de fiabilidad del Tribunal relativa a los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo (FED) dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo — Informe del auditor independiente

    Opinión

    1. El Tribunal ha fiscalizado: a) las cuentas anuales del octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo, compuestas por el balance financiero, el estado de resultados financieros, el estado de flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y el estado sobre la ejecución financiera para el ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2017 aprobado por la Comisión el 27 de junio de 2018; y

      1. la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas y cuya gestión financiera corresponde a la Comisión (11),

      de conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y del artículo 49 del Reglamento Financiero aplicable al undécimo FED, que también se aplica a los FED anteriores.

      Fiabilidad de las cuentas

      Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

    2. En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de los octavo, noveno, décimo y undécimo FED del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2017 presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2017 y los resultados de sus operaciones, los flujos de tesorería y los cambios en los activos netos del ejercicio finalizado a dicha fecha, de conformidad con las disposiciones del reglamento financiero de los FED y las normas contables para el sector público internacionalmente aceptadas.

      Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

      Ingresos

      Opinión sobre la legalidad y regularidad de los ingresos subyacentes a las cuentas

    3. En opinión del Tribunal, los ingresos subyacentes a las cuentas del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2017 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

      Pagos

      Opinión desfavorable sobre la legalidad y regularidad de los pagos subyacentes a las cuentas

    4. En opinión del Tribunal, debido a la importancia de los hechos descritos en el párrafo de fundamento de la opinión desfavorable sobre la legalidad y la regularidad de los pagos subyacentes a las cuentas, los pagos subyacentes a las cuentas del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 están significativamente afectados por errores.

      Fundamento de la opinión

    5. El Tribunal ha realizado la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas...

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