Informe sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Clean Sky correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Empresa Común

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 16.12.2011

INFORME

sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Clean Sky correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Empresa Común

(2011/C 368/02)

Clean Sky, que comprenden los «estados financieros» ( 5 ) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» ( 6

) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2010 así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

7. La presente declaración de fiabilidad está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 7

INTRODUCCIÓN

La Empresa Común Clean Sky, con sede en Bruselas, se creó en diciembre de 2007 ( 1 ) por un período de 10 años.

El objetivo de la Empresa Común Clean Sky es acelerar el desarrollo, la validación y la demostración de las tecnologías limpias de transporte aéreo en la UE para llevarlas a la práctica lo antes posible ( 2 ). Las actividades de investigación coordinadas por la Empresa Común se dividen en seis ámbitos tecnológicos o «demostradores tecnológicos integrados» (DTI).

Los miembros fundadores de la Empresa Común son la Unión Europea, representada por la Comisión, y socios industriales, como los responsables de los DTI, junto con sus miembros asociados.

La contribución máxima de la UE a la Empresa Común Clean Sky para cubrir los costes de explotación y las actividades de investigación asciende a 800 millones de euros sufragados a través del presupuesto del Séptimo Programa Marco de Investi3 ). Los demás miembros de la Empresa Común han de aportar unos recursos equivalentes como mínimo a la contribución de la UE, incluidas las contribuciones en especie.

La Empresa Común comenzó a funcionar de manera autónoma el 16 de noviembre de 2009.

).

Función del director

8. El director tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto ateniéndose a la normativa financiera de la Empresa Común, bajo su propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados ( 8 ), y es responsable asimismo de la implantación ( 9

) de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas ( 10 ) estén libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares.

Función del Tribunal

9. El Tribunal debe emitir, basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Empresa Común y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

10. El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI ( 11 ). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y que planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas estén libres de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

De conformidad con el artículo 287, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales ( 4

) de la Empresa Común

) Reglamento (CE) n o 71/2008 del Consejo, de 20 de diciembre de

2007, por el que se crea la Empresa Común Clean Sky (DO L 30 de 4.2.2008, p. 1).

anexo presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Empresa Común. séptimo programa marco, aprobado mediante la Decisión 1982/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, reúne todas las iniciativas de la UE relacionadas con la investigación en un programa común que desempeña un papel decisivo en la consecución de los objetivos de crecimiento, competitividad y empleo. Constituye asimismo un pilar clave del Espacio Europeo de Investigación. ) Estas cuentas van acompañadas de un informe sobre la gestión presupuestaria y financiera durante el ejercicio que ofrece información, entre otros extremos, sobre el porcentaje de ejecución de los créditos y una síntesis de las transferencias de créditos efectuadas entre las distintas partidas.

( 5 ) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en la situación de los capitales propios y el anexo a los estados financieros en el que se describen las principales políticas contables y explicaciones complementarias.

( 6 ) Los estados sobre la ejecución presupuestaria comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

( 7 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1. ( 8 ) Artículo 33 del Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la

Comisión (DO L 357 de 31.12.2002, p. 72). ( 9 ) Artículo 38 del Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002. ( 10

) Las normas sobre rendición de cuentas y contabilidad de las agencias de la UE figuran en el capítulo 1 del título VII del Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 modificado en última instancia por el Reglamento (CE, Euratom) n o 652/2008 (DO L 181 de 10.7.2008, p. 23) y se han incorporado a las normas financieras de la Empresa Común. ( 11

) Federación Internacional de Contadores (IFAC) y Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI).

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 368/9

La fiscalización del Tribunal implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes. De su criterio profesional depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones significativas u operaciones ilegales o irregulares, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tiene en cuenta el control interno aplicado por la entidad a la preparación y presentación de las cuentas con el fin de concebir procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. El Tribunal evaluará asimismo en su fiscalización la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables de la dirección, y la presentación general de las cuentas.

El Tribunal considera que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas para emitir las opiniones que se exponen a continuación.

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Empresa Común presentan...

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