Decisión de la Comisión, de 18 de enero de 2001, relativa al control de la inocuidad y la actividad de las vacunas contra la fiebre aftosa y las vacunas contra la fiebre catarral ovina [notificada con el número C(2001) 118]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 27.1.2001L 26/38

COMISIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 18 de enero de 2001 relativa al control de la inocuidad y la actividad de las vacunas contra la fiebre aftosa y las vacunas contra la fiebre catarral ovina [notificada con el número C(2001) 118] (2001/75/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario (1 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1258/1999 (2), y, en particular, sus artículos 6 y 14,

Vista la Decisión 91/666/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1991, por la que se establecen reservas comunitarias de la vacuna contra la fiebre aftosa (3 ), cuya última modificación la constituye la Decisión 1999/762/CE (4 ), y, en particular, su artículo 5,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con la Decisión 91/666/CEE, la compra de antígenos forma parte de las medidas comunitarias de creación de reservas de la vacuna contra la fiebre aftosa.

(2) Mediante la Decisión 93/590/CE de la Comisión, de 5 de noviembre de 1993, relativa a la compra por parte de la Comunidad de antígenos de la fiebre aftosa en el marco de las medidas comunitarias de creación de reservas de la vacuna contra la fiebre aftosa (5 ), cuya última modificación la constituye la Decisión 95/471/CE (6), se adoptaron las disposiciones necesarias para la compra de antígenos de la fiebre aftosa A5, A22 y O1.

(3) Los antígenos víricos de la fiebre aftosa conservados desde 1993 en las reservas de urgencia deben someterse a un control de inocuidad y actividad a fin de garantizar la elevada calidad de las reservas de antígenos destinadas a ser utilizadas en caso de urgencia.

(4) Mediante la Decisión 98/64/CE de la Comisión, de 9 de diciembre de 1997, sobre una contribución financiera de la Comunidad para mejorar el programa de control de la fiebre aftosa en Turquía (7) se acordó como parte de un plan de trabajo que la Comisión Europea adoptaría las disposiciones necesarias para someter a prueba la vacuna contra la fiebre aftosa producida en Turquía.

(5) Mediante la Decisión 2000/292/CE de la Comisión, de 6 de abril de 2000, relativa a la compra por la Comunidad de vacunas contra la fiebre catarral ovina para reservas de urgencia (8), se adoptaron las disposiciones necesarias para la...

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