Asunto C-123/02: Demanda interpuesta el 5 de abril de 2002 por el Parlamento Europeo contra Royal & Sun Alliance Insurance (RSA)

Issuing OrganizationParlamento Europeo

C 144/18 ES 15.6.2002Diario Oficial de las Comunidades Europeas 4. Las consecuencias juri¥dicas previstas en la Ley italiana son compatibles con una regulacio¥n nacional que somete la concesio¥n de ayudas al desecado de forrajes verdes ono 89, de 24 de marzo de 2001, øjustifican la aplicacio¥n de la disposicio¥n del arti¥culo 21 del Convenio de Bruselas frescos a la condicio¥n de que lleguen a la planta de transformacio¥n con ma¥s del 30 por 100 de humedadcuando una parte corre el riesgo de sufrir un perjuicio por una posible duracio¥n excesivamente larga del procedi- y su humedad media, a la entrada en la industria transformadora, sea al menos del 35 por 100 medidamiento sustanciado ante el o¥rgano jurisdiccional italiano y, en consecuencia, no cabri¥a actuar, a efectos de la como ma¥ximo cada diez di¥as? pregunta no 3, en la forma prevista en el arti¥culo 21 del Convenio de Bruselas? 3. øLos arti¥culos 249, pa¥rr. 2, 10 y 34.2, pa¥rr. 2 TCE, el Reglamento (CE) 603/95 del Consejo, de 21 de febrero, y 5. El tribunal ante el que se interpuso la segunda demanda, el Reglamento (CE) 785/95 de la Comisio¥n, de 6 de abril, øbajo quÈ condiciones tendra¥ que abstenerse de aplicar la son compatibles con una regulacio¥n nacional que somete disposicio¥n del arti¥culo 21 del Convenio de Bruselas? la concesio¥n de ayudas al desecado de forrajes verdes o frescos a la condicio¥n de que el peri¥odo de retencio¥n 6. øCo¥mo debera¥ proceder el tribunal si, en caso de que se ma¥ximo desde la entrada en la planta transformadora den las circunstancias expuestas en la pregunta no 3, no hasta su procesado sea inferior a veinticuatro horas? puede aplicar la disposicio¥n del arti¥culo 21 del Convenio de Bruselas? 4. øLos arti¥culos 249, pa¥rr. 2, 10 y 34.2, pa¥rr. 2 TCE, el Reglamento (CE) 603/95 del Consejo, de 21 de febrero, y Si, en cualquier caso, procede actuar con arreglo al arti¥culo 21 el Reglamento (CE) 785/95 de la Comisio¥n, de 6 de abril, del Convenio de Bruselas si se dan las circunstancias expuestas son compatibles con una regulacio¥n nacional que somete en la pregunta no 3, no sera¥ necesario responder a las preguntas la concesio¥n de ayudas al desecado de forrajes verdes o nos 4, 5 y 6. frescos a la condicio¥n de que procedan de parcelas situadas a una distancia ma¥xima de 100 kilo¥metros de la planta de transformacio¥n correspondiente, salvo que, en este u¥ltimo caso, se justifique una mayor distancia con la garanti¥a pertinente de transporte...

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