Asunto T-152/01: Recurso interpuesto el 6 de julio de 2001 contra el Banco Central Europeo por Emanuele Nicastro
Issuing Organization | Banco Central Europeo |
29.9.2001 ES C 275/11Diario Oficial de las Comunidades Europeas Las partes demandantes solicitan al Tribunal de Primera Motivos y principales alegaciones Instancia que:
El demandante, empleado del Banco Central Europeo, es padre-- Reconozca el derecho de Fedon y condene a la Comunide dos hijos. Solicito¥ la concesio¥n de una asignacio¥n pordad Europea a resarcirle el perjuicio ocasionado que escolaridad para la escolarizacio¥n de sus hijos en una escuelaasciende a LIT 4 432 590 743 o cualquier cantidad internacional. La parte demandada denego¥ esta solicitudconsiderada razonable, y, sin perjuicio de su precisio¥n basa¥ndose en que el demandante no cumpli¥a los requisitosmientras perdure la obligacio¥n del pago de derechos de para ello, ya que no teni¥a derecho a una indemnizacio¥n poraduana extraordinarios, ma¥s los intereses al tipo legal expatriacio¥n (expatriation allowance) del 16 %.italiano calculados a partir del momento del pago efectivo por parte de Fedon a la Administracio¥n de Aduanas americana, del 95,4 % del valor de la mercanci¥a (derechos El demandante alega que la denegacio¥n de la asignacio¥n por de aduana aumentados), hasta el pago del saldo, ma¥s los escolaridad vulnera derechos contractuales del demandante y, intereses de demora del 8 %, segu¥n reiterada jurispruden- en particular, el deber de asistencia y proteccio¥n que incumbe cia comunitaria, en caso de retraso del pago de la suma a la parte demandada en relacio¥n con el demandante.
requerida.
Adema¥s, la regulacio¥n del arti¥culo 19 (i) de las 'Conditions of-- Condene en costas a la Comunidad Europea.
Employment' (CoE) viola el principio de igualdad de trato. La parte demandada reconocio¥, en el arti¥culo 9 (c) CoE, su obligacio¥n de respetar dicho principio. La asignacio¥n por Motivos y principales alegaciones escolaridad con arreglo al arti¥culo 19 CoE so¥lo puede concederse a aquellos empleados que cumplan los requisitos para la concesio¥n de una indemnizacio¥n por expatriacio¥n; de esteLos demandantes en el presente asunto, que operan en el modo, se trata de manera diferente a dos categori¥as desector de las fundas y estuches para gafas y exportan a los empleados, a saber, los empleados que cumplen estos requisi-Estados Unidos, pretenden obtener la reparacio¥n de los tos y los empleados que no los cumplen. La desigualdad deperjuicios sufridos a causa de determinadas medidas de trato so¥lo estari¥a objetivamente justificada si la finalidad de larepresalia...
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