Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala), de 8 de noviembre de 2005, en el asunto C-293/02 (petición de decisión prejudicial planteada por la Royal Court of Jersey): Jersey Produce Marketing Organisation Ltd contra States Jersey y otros («Regulación relativa a la exportación de patatas de Jersey al Reino Unido Acta de adhesión de 1972 ...

SectionReglamento
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

I (Comunicaciones) TRIBUNAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE JUSTICIA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 8 de noviembre de 2005 en el asunto C-293/02 (petición de decisión prejudicial planteada por la Royal Court of Jersey): Jersey Produce Marketing Organisation Ltd contra States Jersey y otros (1 ) ('Regulación relativa a la exportación de patatas de Jersey al Reino Unido -- Acta de adhesión de 1972 -- Protocolo no 3 relativo a las islas del Canal y a la isla de Man -- Reglamento (CE) no 706/73 -- Artículos 23 CE, 25 CE y 29 CE -Exacciones de efecto equivalente a los derechos de aduana -Medidas de efecto equivalente a las restricciones cuantitativas') (2006/C 10/01) (Lengua de procedimiento: inglés) En el asunto C-293/02, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234 CE, por la Royal Court of Jersey, mediante resolución de 5 de agosto de 2002, recibida en el Tribunal de Justicia el 13 de agosto de 2002, en el procedimiento entre Jersey Produce Marketing Organisation Ltd contra States Jersey, Jersey Potato Export Marketing Board, en el que participan: Top Produce Ltd,

Fairview Farm Ltd, el Tribunal de Justicia (Gran Sala), integrado por el Sr. V. Skouris, Presidente, los Sres. C.W.A. Timmermans,

  1. Rosas, J. Malenovský, Presidentes de Sala, los Sres. J.-P. Puissochet, R. Schintgen, la Sra. N. Colneric (Ponente) y los Sres. S.

von Bahr, G. Arestis, A. Borg Barthet, M. Ilesic, J. Klucka y U.

Lõhmus, Jueces; Abogado General: Sr. P. Léger; Secretaria: Sra.

M.-F. Contet, administradora principal, ha dictado el 8 de noviembre de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1) Las disposiciones del artículo 29 CE, en relación con las del artículo 1 del Protocolo no 3 relativo a las islas del Canal y a la isla de Man, anexo al Acta relativa a las condiciones de adhesión del Reino de Dinamarca, de Irlanda y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y a las adaptaciones de los Tratados, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa como la controvertida en el litigo principal que:

-- por una parte, prohíbe, so pena de sanciones, a los productores de Jersey ofrecer a la exportación o exportar...

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