European Coal and Steel Community v Acciaierie e Ferriere Busseni SpA (in liquidation).
Jurisdiction | European Union |
Celex Number | 61988CJ0221 |
ECLI | ECLI:EU:C:1990:84 |
Docket Number | C-221/88 |
Court | Court of Justice (European Union) |
Procedure Type | Reference for a preliminary ruling |
Date | 22 February 1990 |
INFORME PARA LA VISTA
presentado en el asunto C-221/88 (*1)
I. Marco jurídico y desarrollo del procedimiento
A. Marco jurídico del litigio
Mediante su sentencia de 17 de mayo de 1983, pronunciada en el asunto Comunidad Europea del Carbón y del Acero contra Fallimento (masa de la quiebra) Ferriere Sant'Anna (168/82, Rec. 1983, p. 1681), el Tribunal de Justicia declaró la invalidez de una decisión de la Comisión que establecía que los créditos por exacciones CECA contra una sociedad en situación de quiebra eran créditos preferentes equiparables a los créditos similares a favor del Estado.
El Tribunal de Justicia consideró que no podía reconocerse una preferencia de tal naturaleza a dichos créditos «al no existir ninguna disposición comunitaria clara y precisa que estableciera, entre otras cosas, el rango de la exacción así como el impuesto estatal al que debería ser asimilado».
Como consecuencia de dicha sentencia, la Comisión adoptó la recomendación 86/198/CECA, de 13 de mayo de 1986, que establece una preferencia en favor de los créditos derivados de las exacciones sobre la producción de carbón y de acero (DO L 144, p. 40). Esta recomendación dispone que los Estados que confieran una preferencia a sus créditos fiscales sobre la totalidad o una parte de los bienes del obligado al pago deben conferir la misma preferencia a los créditos derivados de la aplicación de las exacciones contempladas en los artículos 49 y 50 del Tratado CECA.
Si los créditos estatales de carácter fiscal gozasen de preferencias de distinto rango, los créditos de la CECA por exacciones deben calificarse con el mismo rango que el que reconoce la ley nacional a los créditos del Estado derivados del Impuesto sobre el Valor Añadido.
La recomendación prevé que la preferencia subsistirá hasta que hayan prescrito los créditos de la CECA y que se aplicará, asimismo, a los recargos por retraso. Los Estados miembros debían hacer entrar en vigor las disposiciones necesarias para atenerse a la recomendación a más tardar el 1 de enero de 1988 y, por una parte, prever la aplicación de sus disposiciones a los procedimientos de recaudación en curso en la fecha de aplicación de la recomendación y, por otra, asegurar una protección jurídica adecuada de los derechos de los restantes acreedores de la empresa deudora mediante disposiciones transitorias apropiadas.
B. Desarrollo del procedimiento principal
a) | La quiebra de Acciaierie e ferriere Busseni se declaró el 3 de febrero de 1987 y, el 21 de abril de 1987, la Comisión solicitó, por una parte, la inclusión en el pasivo de la empresa, con carácter preferente, de una cantidad de 246652086 LIT (184339063 LIT en concepto de exacciones y el resto en concepto de recargos) y, por otra, la cantidad de 4480192938 LIT, como crédito ordinario (3263411742 LIT en concepto de multa y el resto en concepto de recargos). El Juez comisario admitió la totalidad del crédito tan sólo con carácter de ordinario, negándose por lo tanto a reconocerle ningún tipo de preferencia. La Comunidad Europea del Carbón y del Acero interpuso un recurso ante el Tribunale civile e penale de Brescia oponiéndose a dicha decisión y alegando que, en virtud de la recomendación de 13 de mayo de 1986, debía reconocerse, al menos a una parte de sus créditos, una preferencia del mismo rango que la asignada a los créditos del Estado italiano en materia de IVA. |
b) | Por considerar que la cuestión planteada de esta forma dependía del alcance de la recomendación de 13 de mayo de 1986, y particularmente de si se podían reconocer efectos directos a la misma, el órgano jurisdiccional nacional planteó al Tribunal de Justicia las siguientes cuestiones:
|
La resolución de remisión se registró en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 4 de agosto de 1988.
Conforme al artículo 20 del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia, presentaron observaciones escritas la demandante en el procedimiento principal, la Comisión de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. Enrico Traversa, miembro de su Servicio Jurídico, en calidad de Agente, y la parte demandada en el procedimiento principal, la sociedad Acciaierie e ferriere Busseni, representada por el Sr. Sandro Conti, Abogado ante la Corte di Cassazione.
II. Resumen de las observaciones escritas presentadas ante el Tribunal de Justicia
A. | La Comisión denuncia, en primer lugar, la inadmisibilidad de la tercera cuestión que plantea el órgano jurisdiccional que conoce del procedimiento principal ya que con la misma se pretende que el Tribunal de Justicia resuelva un problema de mero Derecho interno, el de si la legislación italiana sobre prelación de créditos ha pasado a ser inconstitucional a causa del vencimiento del plazo que prevé la recomendación de 13 de mayo de 1986 para la adaptación del Derecho interno a la misma. No obstante, sobre el particular, dicha institución se remite al Tribunal de Justicia y manifiesta, por una parte, que el transcurso del plazo para adaptar el Derecho interno a la recomendación, que, según lo establecido en ésta, fina^ lizó el 1 de enero de 1988, constituye una violación del Tratado CECA y, por otra parte que, al haberse abstenido de proceder a la aludida adaptación, se sigue contra la República Italiana un procedimiento por incumplimiento, habiéndosele ya remitido un requerimiento el 25 de julio de 1988. |
B. | Las partes en el procedimiento principal mantienen opiniones divergentes sobre la admisibilidad de la cuestión prejudicial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 41 del Tratado CECA.
|
Get this document and AI-powered insights with a free trial of vLex and Vincent AI
Get Started for FreeUnlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Start Your 7-day Trial
-
El Corte Inglés SA v Cristina Blázquez Rivero.
...374/85, Rec. p. 2141, point 24); arrêt du 11 juin 1987, Pretore di Salò (14/86, Rec. p. 2545, point 19); arrêt du 22 février 1990, Busseni (C-221/88, Rec. p. I-495, point 23); arrêt du 13 novembre 1990, Marleasing (C-106/89, Rec. p. I-4135, point 6); Faccini Dori précité, point 20). 9 – Mes......
-
ThyssenKrupp Nirosta GmbH v European Commission.
...[1960] ECR 391, at 405. 35 – See Opinion 1/91 [1991] ECR I-6079, paragraph 21. 36 – Case 23/68 Klomp [1969] ECR 43, paragraph 13. 37 – Case C‑221/88 [1990] ECR I‑495, paragraphs 8 to 16. 38 – Case C‑119/05 [2007] ECR I‑6199. 39 – My italics. 40 – Busseni, paragraph 16. 41 – Lucchini, paragr......
-
SP SpA and Others v Commission of the European Communities.
...comunes a los que se atienen todos los Tratados comunitarios (sentencia del Tribunal de Justicia de 22 de febrero de 1990, CECA/Busseni, C‑221/88, Rec. p. I‑495, apartados 16 y 21). Así, el artículo 65 CA ha sido interpretado, según ella, de forma coherente con el artículo 81 CE (sentencia ......
-
Arcor AG & Co. KG (C-152/07), Communication Services TELE2 GmbH (C-153/07) and Firma 01051 Telekom GmbH (C-154/07) v Bundesrepublik Deutschland.
...WWF e.a. (C‑435/97, Rec. p. I‑5613), ait déjà admis l’effet horizontal réflexe en matière d’environnement. 90 – Arrêt du 22 février 1990 (C‑221/88, Rec. p. I‑495). CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. DÁMASO RUIZ-JARABO COLOMER presentadas el 1 de abril de 2008 (1) Asuntos acumulados C‑152/......