Atlantic Container Line AB and Others v Commission of the European Communities.
Jurisdiction | European Union |
Celex Number | 61994TJ0395 |
ECLI | ECLI:EU:T:2002:49 |
Court | General Court (European Union) |
Date | 28 February 2002 |
Docket Number | T-395/94 |
Procedure Type | Recurso de anulación - infundado |
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 28 de febrero de 2002. - Atlantic Container Line AB y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas. - Competencia - Conferencias marítimas - Reglamento (CEE) n. 4056/86 - Ámbito de aplicación - Exención por categoría - Reglamento (CEE) n. 1017/68 - Exención individual. - Asunto T-395/94.
Recopilación de Jurisprudencia 2002 página II-00875
Índice
Partes
Motivación de la sentencia
Decisión sobre las costas
Parte dispositiva
1. Competencia - Transportes marítimos - Prácticas colusorias - Acuerdo entre compañías marítimas relativo al transporte regular entre el norte de Europa y los Estados Unidos, así como al trayecto terrestre anterior y posterior en contenedores - Mercado de referencia - Restricciones a la competencia en el interior del mercado común - Establecimiento fuera de la Comunidad de algunas compañías que son parte en el acuerdo - Irrelevancia
[Art. 85, ap. 1, del Tratado CE (actualmente art. 81CE, ap. 1)]
2. Competencia - Prácticas colusorias - Perjuicio para el comercio entre Estados miembros - Criterios
[Art. 85, ap. 1, del Tratado CE (actualmente art. 81CE, ap. 1)]
3. Competencia - Transportes marítimos - Prácticas colusorias - Perjuicio para el comercio entre Estados miembros - Acuerdo entre compañías marítimas relativo a las condiciones de venta de los servicios de transporte marítimo y terrestre - Perjuicio para el comercio de servicios portuarios y auxiliares vinculados a los transportes de mercancías
[Art. 85, ap. 1 del Tratado CE (actualmente art. 81CE, ap. 1)]
4. Competencia - Transportes marítimos - Reglamento (CEE) nº 4056/86 - Exención por categoría - Ámbito de aplicación
[Reglamento (CEE) nº 4056/86 del Consejo, art. 3]
5. Competencia - Transportes marítimos - Reglamento (CEE) nº 4056/86 - Exención por categoría - Interpretación restrictiva - Exención de los acuerdos de las conferencias marítimas - Alcance
[Art 85, aps. 1 y 3, del Tratado CE (actualmente art. 81CE, aps. 1 y 3); Reglamento (CEE) nº 4056/86 del Consejo, art. 3]
6. Derecho comunitario - Conceptos - Interpretación - Concepto tomado de un convenio internacional - Interpretación en relación con dicho convenio
7. Competencia - Transportes marítimos - Conferencias marítimas - Concepto - Exención por categoría de los acuerdos de las conferencias marítimas - Requisitos - Fijación de tarifas de flete uniformes para todos los miembros de la conferencia - Régimen de tarifas diferenciado según los miembros - Improcedencia
[Reglamento (CEE) nº 4056/86 del Consejo, art. 3]
8. Competencia - Transportes marítimos - Reglamento (CEE) nº 4056/86 - Exención por categoría de los acuerdos de las conferencias marítimas - Justificación - Efecto estabilizador que resulta de la existencia de tarifas de flete uniformes o comunes para todos los miembros de la conferencia - Acción independiente de alguno de los miembros de la conferencia - Procedencia
[Reglamento (CEE) nº 4056/86 del Consejo, art. 3]
9. Recurso de anulación - Decisión de la Comisión por la que se deniega la concesión de una exención individual - Apreciación económica compleja - Control jurisdiccional - Límites
[Arts. 85, ap. 3, del Tratado CE (actualmente art. 81CE, ap. 3), y 173 (actualmente art. 230CE, tras su modificación)]
10. Competencia - Transportes marítimos - Prácticas colusorias - Prohibición - Exención - Requisitos - Facultad de apreciación de la Comisión
[Art 85, ap. 3, del Tratado CE (actualmente art. 81CE, ap. 3); Reglamento (CEE) nº 4056/86 del Consejo]
11. Competencia - Prácticas colusorias - Prohibición - Exención - Requisitos - Carácter acumulativo
[Art. 85, ap. 3, del Tratado CE (actualmente art. 81CE, ap. 3)]
12. Competencia - Transportes marítimos - Prácticas colusorias - Prohibición - Exención - Mercado de referencia - Delimitación - Criterios - Acuerdo entre compañías marítimas relativo al transporte regular de contenedores entre el norte de Europa y los Estados Unidos
13. Competencia - Prácticas colusorias - Prohibición - Exención - Requisitos - Posibilidad de eliminar la competencia en relación con una parte considerable de los productos de que se trate - Necesidad de una apreciación global
[Art. 85, ap. 3, del Tratado CE (actualmente art. 81CE, ap. 3)]
14. Competencia - Transportes marítimos - Prácticas colusorias - Prohibición - Exención - Requisitos - Posibilidad de eliminar la competencia en una parte considerable de los productos de que se trate - Criterios de apreciación - Acuerdo entre compañías marítimas por el que se fijan los precios del transporte marítimo
[Art. 85, ap. 3, del Tratado CE (actualmente art. 81CE, ap. 3); Reglamento (CEE) nº 4056/86 del Consejo, art. 12]
15. Procedimiento - Intervención - Motivo no formulado por la parte demandante - Inadmisibilidad
(Estatuto CE del Tribunal de Justicia, art. 37, párr. 4; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 116, ap. 3)
16. Competencia - Procedimiento administrativo - Decisión por la que se declara una infracción - Orden conminatoria a las empresas interesadas de que informen a sus clientes de la posibilidad de renegociar o resolver los contratos - Práctica decisoria inhabitual de la Comisión - Omisión en el pliego de cargos - Incumplimiento de la obligación de motivación
[Art. 85, ap. 1, del Tratado CE (actualmente art. 81CE, ap. 1); Reglamentos (CEE) del Consejo, nos 1017/68 art. 11, y 4056/86, art. 11]
Índice1. En el caso de un acuerdo entre compañías marítimas, relativo al transporte regular en contenedores a través del Atlántico, entre el norte de Europa y los Estados Unidos, así como al trayecto terrestre anterior y posterior en contenedores, los mercados de referencia directamente afectados son los de los servicios de transporte y no el de exportación de mercancías con destino a los Estados Unidos. Las restricciones de la competencia se producen efectivamente en el interior del mercado común, pues en él competían las compañías navieras miembros del acuerdo, varias de las cuales tienen su domicilio social en la Comunidad, para vender sus servicios a los clientes, es decir, los cargadores, establecidos en la Comunidad. La circunstancia de que determinadas compañías miembros del acuerdo no se hayan establecido en la Comunidad tampoco puede desvirtuar esta conclusión.
( véase el apartado 72 )
2. Para que un acuerdo entre empresas pueda afectar al comercio entre Estados miembros, debe poderse presumir con un grado de probabilidad suficiente, con arreglo a una serie de elementos objetivos de hecho o de Derecho, que puede ejercer una influencia directa o indirecta, real o potencial, sobre las corrientes de intercambios entre Estados miembros, en un sentido que pueda perjudicar a la realización de los objetivos de un mercado único entre Estados. En particular, no es necesario que el comportamiento denunciado haya afectado efectivamente al comercio entre Estados miembros de manera sensible, basta con demostrar que dicho comportamiento puede tener dicho efecto.
( véanse los apartados 79 y 90 )
3. Un acuerdo celebrado entre compañías marítimas, varias de las cuales tienen su domicilio social en la Comunidad, que tiene por objeto las condiciones de venta de servicios de transporte, marítimo y terrestre, a cargadores establecidos en diferentes Estados miembros de la Comunidad, puede afectar al comercio entre Estados miembros en el sentido del artículo 85, apartado 1, del Tratado (actualmente artículo 81CE, apartado 1).
Además, dicho acuerdo puede modificar los flujos de mercancías que circulaban por los puertos en los que operaban las compañías navieras pertenecientes al acuerdo. Por ello, debe considerarse que el comercio entre Estados miembros se ve afectado por dicho acuerdo más allá del comercio constituido únicamente por los servicios de transporte marítimo, pues los servicios portuarios y auxiliares vinculados a los transportes de mercancías también resultaban afectados.
Por último, aunque de manera más indirecta, el mencionado acuerdo tiene o, al menos, puede tener un efecto sobre el comercio de mercancías entre Estados miembros, en la medida en que los precios del transporte fijados por el acuerdo representan una parte del precio de venta final de las mercancías transportadas.
( véanse los apartados 80 a 82 )
4. Un acuerdo sólo puede beneficiarse de la exención prevista en el artículo 3 del Reglamento nº 4056/86, por el que se determinan las modalidades de aplicación de los artículos 85 y 86 del Tratado (actualmente artículos 82CE) a los transportes marítimos, si se trata de un acuerdo de una conferencia marítima.
La existencia de una conferencia marítima en el sentido del Reglamento nº 4056/86 requiere la aplicación de «fletes uniformes o comunes» por parte de sus miembros.
( véanse los apartados 140 y 143 )
5. Habida cuenta del principio general de prohibición de prácticas colusorias contrarias a las normas sobre la competencia establecido en el artículo 85, apartado 1, del Tratado, las disposiciones en que se prevén excepciones, incluidas en un Reglamento de exención por categoría deben, por su propia naturaleza, ser interpretadas restrictivamente. Esta conclusión se impone, a fortiori, para las disposiciones del Reglamento nº 4056/86, relativo a los transportes marítimos, debido a su duración ilimitada y al carácter excepcional de las restricciones de la competencia autorizadas (acuerdo horizontal que tiene por objeto la fijación de precios). De ello se deduce que la exención por categoría prevista en el artículo 3 del Reglamento nº 4056/86 no puede ser objeto de una interpretación extensiva y evolutiva de manera que se extienda a todos los acuerdos que las compañías navieras consideren útiles, o incluso necesarios, para adaptarse a las condiciones del mercado. La exención sólo puede aplicarse a las clases de acuerdo que el Consejo, al adoptar el Reglamento nº 4056/86, a...
Get this document and AI-powered insights with a free trial of vLex and Vincent AI
Get Started for FreeUnlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations

Start Your 7-day Trial
-
Compagnie générale maritime and Others v Commission of the European Communities.
...fixing of service rates for inland transport agreed by the applicants, pending judgment of the Court of First Instance in either Case T-395/94 or in the present case. In those circumstances the President of the Court of First Instance, on the application of the parties, decided on 31 Octobe......