Decisión del Comité Mixto del EEE nº 172/2002, de 6 de diciembre de 2002, por la que se modifica el anexo XVIII (Salud y seguridad en el trabajo, Derecho laboral e igualdad de trato para hombres y mujeres) del Acuerdo EEE

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

DECISI”N DEL COMIT… MIXTO DEL EEE No 172/2002 de 6 de diciembre de 2002 por la que se modifica el anexo XVIII (Salud y seguridad en el trabajo, Derecho laboral e igualdad de trato para hombres y mujeres) del Acuerdo EEE EL COMIT… MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio EconÛmico Europeo, adaptada por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio EconÛmico Europeo, en lo sucesivo denominado ´el Acuerdoª, y, en particular,

su artÌculo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XVIII del Acuerdo fue modificado por la DecisiÛn del ComitÈ Mixto del EEE no 89/2002,

de 25 de junio de 2002 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2002/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de11 de marzo de 2002, por la que se establece un marco general relativo a la informaciÛn y a la consulta de los trabajadores en la Comunidad Europea (2).

DECIDE:

ArtÌculo 1

DespuÈs del punto 32e (Directiva 2001/86/CE del Consejo) del anexo XVIII del Acuerdo se aÒadir· el punto siguiente:

´32f. 32002 L 0014: Directiva 2002/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2002, por la que se establece un marco general relativo a la informaciÛn y a la consulta de los trabajadores en la Comunidad Europea (DO L 80 de 23.3.2002, p. 29).ª

ArtÌculo 2

Los textos de la Directiva 2002/14/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones ling¸Ìsticas de la presente DecisiÛn, son autÈnticos.

ArtÌculo 3

La presente DecisiÛn entrar· en vigor el 7 de diciembre de 2002, siempre que se hayan transmitido al ComitÈ Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado...

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