2004/C 11 E/247E-1733/03 de Jo Leinen a la Comisión Asunto: Discriminación lingüística en los anuncios de puestos vacantes en la UE

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

7. La Comisión destaca la importancia que concede a la labor que todos los diálogos transatlánticos han llevado a cabo con la sociedad civil. Los diálogos transatlánticos empresarial, de los consumidores, ambiental y laboral han contribuido de manera igualmente valiosa a forjar las relaciones transatlánticas con sus objetivos y sus actividades. La Comisión está segura de que los diálogos transatlánticos seguirán desempeñando un papel importante y válido para fortalecer estas relaciones en el futuro.

(1 ) DO C 155 E de 3.7.2003, p. 200.

(2) DO L 145 de 31.5.2001.

(2004/C 11 E/247) PREGUNTA ESCRITA E-1733/03 de Jo Leinen (PSE) a la Comisión (23 de mayo de 2003) Asunto: Discriminación lingüística en los anuncios de puestos vacantes en la UE La Comisión, en su respuesta a la pregunta escrita E-0941/02 (1), considera inaceptable en cualquier circunstancia la expresión 'de lengua materna' con arreglo a la legislación comunitaria. Además, la Comisión expresó su intención de continuar luchando contra la discriminación a causa de la exigencia de tener una determinada lengua como lengua materna en los anuncios de puestos vacantes.

Un anuncio de puesto vacante publicado recientemente por el Cedefop en Salónica (Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, en cuya junta directiva está representada la Comisión) estaba encabezado por el título 'an English mother-tongue secretary', es decir, 'secretario/a que tenga el inglés como lengua materna'. Sin embargo, en la lista de requisitos concretos sólo se pedía un 'dominio perfecto del inglés'.

¿Considera la Comisión que el mencionado anuncio discrimina a los candidatos que no tienen el inglés como lengua materna, a causa de un título que induce a error? ¿Que medidas tiene intención de adoptar la Comisión en este caso? ¿Cómo prevé evitar la Comisión este tipo de anuncios en el futuro? (1 ) DO C 229 E de 26.9.2002, p. 161.

Respuesta de la Sra. Reding en nombre de la Comisión (9 de julio de 2003) El Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop) es un organismo descentralizado, establecido con arreglo a un Reglamento (1) concreto. Es autónomo en lo referente a su política de personal, sobre la cual la Comisión no ejerce ningún control, más allá de su representación en la junta directiva. De hecho, según su reglamento de base, el Director 'tendrá autoridad sobre el personal, al que contratará y revocará'. El reglamento de base del Cedefop especifica que su régimen...

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