Decisión del Comité Mixto del EEE nº 182/1999, de 17 de diciembre de 1999, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

DECISI”N DEL COMIT… MIXTO DEL EEE No 182/1999 de 17 de diciembre de 1999 por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE EL COMIT… MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio EconÛmico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio EconÛmico Europeo, en adelante denominado 'el Acuerdo', y, en particular, su artÌculo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) La DecisiÛn del Consejo del EEE no 1/95, de 10 de marzo de 1995, sobre la entrada en vigor del Acuerdo sobre el Espacio EconÛmico Europeo respecto del Principado de Liechtenstein (1 ) disponÌa que, por lo que se refiere a Liechtenstein, se aplicar·n a partir del 1 de enero de 2000 los actos a que se hace referencia en el capÌtulo VI (AviaciÛn civil) del anexo XIII del Acuerdo sin perjuicio de su revisiÛn por el ComitÈ Mixto del EEE durante 1999.

(2) Durante la revisiÛn efectuada por el ComitÈ Mixto del EEE en virtud del capÌtulo VI (AviaciÛn civil) del anexo XIII del Acuerdo se llegÛ a la conclusiÛn de que no han cambiado las circunstancias especÌficas que justificaban el perÌodo transitorio.

(3) Conviene prorrogar el perÌodo transitorio bas·ndose en lo anterior hasta el 1 de enero de 2002.

DECIDE:

ArtÌculo 1

En el capÌtulo VI (AviaciÛn civil) del anexo XIII del Acuerdo, el texto comprendido entre el tÌtulo del capÌtulo y el subtÌtulo, 'i) Normas de competencia', se sustituir· por el texto siguiente:

'Liechtenstein deber· aplicar las disposiciones de los actos a que se hace referencia en los subtÌtulos ii) a vi) a partir del 1 de enero de 2002 sin...

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