Decisión del Comité Mixto del EEE nº 52/2010, de 30 de abril de 2010, por la que se modifica el anexo XIV (Competencia) del Acuerdo EEE

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

L 181/20 Diario Oficial de la Unión Europea 15.7.2010

ES

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 52/2010

de 30 de abril de 2010

por la que se modifica el anexo XIV (Competencia) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XIV del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 156/2006, de 8 de diciembre de 2006

( 1

).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) n o 267/2010 de la Comisión, de 24 de marzo de 2010, relativo a la aplicación del artículo 101, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos, decisiones y prácticas concertadas en el sector de los seguros

( 2 ).

(3) El Reglamento (CE) n o 358/2003 de la Comisión

( 3

), que se incorporó al Acuerdo, expiró el 31 de marzo de 2010 y, en consecuencia, debe suprimirse del Acuerdo.

DECIDE:

Artículo 1

El texto del punto 15b del [Reglamento (CE) n o 358/2003 de la Comisión] del anexo XIV del Acuerdo se sustituye por el texto siguiente:

32010 R 0267: Reglamento (UE) n o 267/2010 de la Comisión, de 24 de marzo de 2010, relativo a la aplicación del artículo 101, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos, decisiones y prácticas concertadas en el sector de los seguros (DO L 83 de 30.3.2010, p. 1).

.

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) n o 267/2010 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2010, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo. La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de abril de 2010.

Artículo 4

La presente Decisión se...

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