Decisión de la Comisión, de 8 de julio de 2010, por la que se modifican los anexos de la Decisión 93/52/CEE en lo que respecta al reconocimiento de Lituania y la región italiana de Molise como oficialmente indemnes de brucelosis (Brucella melitensis), así como los anexos de la Decisión 2003/467/CE en lo que respecta a la declaración de determinadas regiones administrativas de Italia como oficialmente indemnes de tuberculosis bovina, brucelosis bovina y leucosis bovina enzoótica [notificada con el número C(2010) 4592]

SectionDeclaración
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

15.7.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 180/21

ES

DECISIONES DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 8 de julio de 2010

por la que se modifican los anexos de la Decisión 93/52/CEE en lo que respecta al reconocimiento de Lituania y la región italiana de Molise como oficialmente indemnes de brucelosis (Brucella melitensis), así como los anexos de la Decisión 2003/467/CE en lo que respecta a la declaración de determinadas regiones administrativas de Italia como oficialmente indemnes de tuberculosis bovina, brucelosis bovina y leucosis bovina enzoótica

[notificada con el número C(2010) 4592]

(Texto pertinente a efectos del EEE) (2010/391/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina

( 1 ), y, en particular, su anexo A, capítulo I, punto 4, y capítulo II, punto 7, y su anexo D, capítulo I, letra E,

Vista la Directiva 91/68/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios de animales de las especies ovina y caprina

( 2

), y, en particular, su anexo A, capítulo 1, sección II,

Considerando lo siguiente:

(1) En la Directiva 91/68/CEE se definen las condiciones zoosanitarias que regulan los intercambios intracomunitarios de animales de las especies ovina y caprina. En ella se fijan las condiciones para reconocer a los Estados miembros o a sus regiones como oficialmente indemnes de brucelosis.

(2) En los anexos de la Decisión 93/52/CEE de la Comisión, de 21 de diciembre de 1992, por la que se reconoce que determinados Estados miembros o regiones cumplen las condiciones referentes a la brucelosis (Brucella melitensis) y se les concede la calificación de Estados miembros o regiones oficialmente indemnes de esta enfermedad

( 3

), se establecen listas de los Estados miembros y regiones de los mismos reconocidos como oficialmente indemnes de brucelosis (Brucella melitensis) con arreglo a la Directiva 91/68/CEE.

(3) Lituania ha presentado a la Comisión documentación que demuestra el cumplimiento de las condiciones pertinentes establecidas en la Directiva 91/68/CEE para que se la reconozca como oficialmente indemne de brucelosis (Brucella melitensis) en todo su territorio. Por tanto, dicho Estado miembro debe ser reconocido como oficialmente indemne de esa enfermedad. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 93/52/CEE en consecuencia.

(4) Italia ha presentado a la Comisión documentación que demuestra el cumplimiento de las condiciones pertinentes establecidas en la Directiva 91/68/CEE en lo que respecta a todas las provincias de la región de Molise para que se reconozca a dicha región como oficialmente indemne de brucelosis (Brucella melitensis). Por tanto, dicha región debe ser reconocida como oficialmente indemne de esa enfermedad.

(5) Italia también ha solicitado que se modifique la entrada correspondiente a dicho Estado miembro en la lista de regiones de los Estados miembros reconocidos como oficialmente indemnes de brucelosis (Brucella melitensis) del anexo II de la Decisión 93/52/CEE. La actual división administrativa de Italia divide...

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