Reglamento (UE) nº 1297/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo en lo que respecta a determinadas disposiciones de gestión financiera para determinados Estados miembros que sufren, o corren el riesgo de sufrir, graves dificultades en su estabilidad financiera, a las normas de liberación de compromisos para determinados Estados miembros y a las normas relativas a los pagos del saldo final

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

20.12.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 347/253

ES

REGLAMENTO (UE) N o 1297/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 11 de diciembre de 2013

por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1083/2006 del Consejo en lo que respecta a determinadas disposiciones de gestión financiera para determinados Estados miembros que sufren, o corren el riesgo de sufrir, graves dificultades en su estabilidad financiera, a las normas de liberación de compromisos para determinados Estados miembros y a las normas relativas a los pagos del saldo final

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 177,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo

( 1 ),

Visto el dictamen del Comité de las Regiones,

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario

( 2 ),

Considerando lo siguiente:

(1) La crisis financiera y la recesión económica mundiales de una persistencia sin precedentes han dañado gravemente el crecimiento económico y la estabilidad financiera, provocando un acentuado deterioro de las condiciones financieras, económicas y sociales en los Estados miembros. En particular, una serie de Estados miembros están sufriendo graves dificultades, o corren el riesgo de sufrirlas, en particular problemas en su crecimiento económico y su estabilidad financiera, así como un deterioro de su déficit y su nivel de endeudamiento, también como consecuencia del entorno económico y financiero internacional.

(2) Si bien ya se han emprendido importantes acciones para contrarrestar los efectos negativos de la crisis financiera, entre ellas, modificaciones del marco legislativo, se está sintiendo de manera generalizada el impacto de dicha crisis en la economía real, el mercado laboral y los ciudadanos. Se está incrementando la presión sobre los recursos financieros nacionales, por lo que deben tomarse urgentemente nuevas medidas para aliviar esta presión mediante una utilización máxima y óptima de la financiación procedente de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión (en lo sucesivo, los «Fondos»). Habida cuenta de la persistencia de las dificultades financieras, es necesario prorrogar la aplicación de las medidas adoptadas por el Reglamento modificativo (UE) n o 1311/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo

( 3 ). Esas medidas se aprobaron de conformidad con el artículo 122, apartado 2, y los artículos 136 y 143 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

(3) Con objeto de facilitar la gestión de la financiación de la Unión, de contribuir a acelerar las inversiones en los Estados miembros y las regiones y de mejorar la disponibilidad de financiación para la economía, el Reglamento (CE) n o 1083/2006 del Consejo

( 4 ) fue modificado por el Reglamento (UE) n o 1311/2011, para permitir un incremento de los pagos intermedios procedentes de los Fondos por una cantidad equivalente a diez puntos porcentuales por encima del porcentaje real de cofinanciación aplicable a cada eje prioritario para los Estados miembros que sufren graves dificultades en relación con su estabilidad financiera y que han pedido acogerse a dicha medida.

(4) El...

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