Decisión nº 1312/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de décembre de 2013, relativa a la Agenda de Innovación Estratégicadel Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT): la contribución del EIT a una Europa más innovadora

SectionDecision
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

L 347/892 Diario Oficial de la Unión Europea 20.12.2013

DECISIONES

DECISIÓN N o 1312/2013/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 11 de décembre de 2013

relativa a la Agenda de Innovación Estratégicadel Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT): la contribución del EIT a una Europa más innovadora

(Texto pertinente a efectos del EEE)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 173, apartado 3,

Visto el Reglamento (CE) n o 294/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo

( 1 ),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo

( 2 ),

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario

( 3 ),

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el Reglamento (CE) n o 294/2008, la Comisión debe presentar una propuesta para la primera Agenda de Innovación Estratégica («AIE»), sobre la base del proyecto elaborado por el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología («EIT»).

(2) La AIE debe definir los ámbitos prioritarios y la estrategia a largo plazo del EIT e incluir una evaluación de su impacto económico y de su capacidad de generar el mayor valor añadido en términos de innovación. La AIE debe tomar en consideración los resultados del seguimiento y la evaluación del EIT.

(3) La primera AIE debe incluir especificaciones y un mandato detallados con relación al funcionamiento del EIT; los procedimientos de cooperación entre el Consejo de Administración y las Comunidades de Conocimiento e Innovación («CCI») y los métodos de financiación de las CCI.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda adoptada la Agenda de Innovación Estratégica («AIE») del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología para el periodo 2014-2020, tal como se establece en el anexo.

Artículo 2

La AIE deberá ejecutarse de conformidad con el Reglamento (CE) n o 294/2008.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Estrasburgo, el 11 de diciembre de 2013.

Por el Parlamento Europeo El Presidente

M. SCHULZ

Por el Consejo El Presidente

V. LESKEVIČIUS

( 1 ) Reglamento (CE) n o 294/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, por el que se crea el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (DO L 97 de 9.4.2008, p. 1).

( 2 ) DO C 181 de 21.6.2012, p. 122.

( 3 ) Posición del Parlamento Europeo de 21 de noviembre de 2013 (no publicada aún en el Diario Oficial)

ES

20.12.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 347/893

ANEXO

AGENDA DE INNOVACIÓN ESTRATÉGICA DEL EIT

Índice

Resumen de las acciones clave

  1. El Instituto Europeo de Innovación y tecnología: un agente de innovación en la Unión

    1.1. EIT: responder a los retos de la sociedad a través de la innovación en el triángulo del conocimiento

    1.2. El valor añadido del EIT: rasgos distintivos

    1.3. Sinergias y complementariedades con otras iniciativas políticas y de financiación

  2. profundizar el papel del EIT después de 2013: prioridades

    2.1. Incentivar el crecimiento, el impacto y la sostenibilidad a través del EIT

    2.1.1. Consolidar y promover el crecimiento y el impacto de las CCI existentes

    2.1.2. Crear nuevas CCI

    2.2. Reforzar el impacto del EIT

    2.3. Nuevos mecanismos de elaboración y seguimiento orientado a los resultados

  3. Toma de decisiones y acuerdos laborales eficaces

    3.1. Racionalizar y clarificar el proceso de toma de decisiones del EIT

    3.2. Invertir en las CCI: relaciones entre el EIT y las CCI

    3.3. Colaborar con las partes interesadas

  4. Estimación de las necesidades financieras y las fuentes de financiación para el periodo 2014-2020

    4.1. Consolidación de un modelo de financiación inteligente para las CCI

    4.2 Necesidades presupuestarias del EIT

    Ficha informativa 1: Innovación para una vida saludable y un envejecimiento activo

    Ficha informativa 2: Materias primas: exploración, extracción, tratamiento, reciclado y sustitución sostenibles

    Ficha informativa 3: Alimentos para el futuro: cadena de abastecimiento sostenible, de los recursos a los consumidores

    Ficha informativa 4: Fabricación con valor añadido

    Ficha informativa 5: Movilidad urbana

    Resumen de las acciones clave

Sección 2.1.1 Consolidar y promover el crecimiento y el impacto de las CCI existentes

El EIT:

- animará a las CCI a que desarrollen una mayor variedad de actividades de educación y formación, a que ofrezcan asesoramiento sobre las mismas y a que eleven el nivel de conocimiento de la existencia de actividades de esta naturaleza;

- establecerá gradualmente mecanismos de revisión competitivos para la asignación de un porcentaje de la subvención de las CCI, que se basarán en los planes empresariales y el rendimiento de las CCI y tendrán en cuenta que estas crecen a distintas velocidades;

- alentará a las CCI a desarrollar actividades conjuntas sobre cuestiones horizontales;

- establecerá un sistema de evaluaciones por pares para cualificaciones con marca del EIT y entablará un diálogo con organismos nacionales e internacionales de aseguramiento de la calidad, con el fin de fomentar un enfoque coherente.

Sección 2.1.2 Crear nuevas CCI

El EIT:

- preparará un procedimiento de selección para cada tanda de CCI que dejará el tiempo suficiente a los candidatos de las CCI para preparar propuestas; publicará las convocatorias de cinco nuevas CCI, a saber: una convocatoria de dos nuevas CCI en 2014, para los temas de Vida saludable y envejecimiento activo y de Materias primas; una convocatoria de dos nuevas CCI en 2016, para los temas de Alimentos para el futuro y de Fabricación con valor añadido, y una convocatoria de una nueva CCI en 2018, para el tema de Movilidad urbana;

- hará todo lo posible por lograr que el mayor número de partes potencialmente interesadas tengan conocimiento de los procedimientos de selección para las futuras CCI;

- velará por que las condiciones marco de los futuros procedimientos de selección de las CCI den lugar a un resultado óptimo, en especial dando orientaciones claras sobre los requisitos y los procesos y fijando plazos suficientes para que los proponentes organicen la asociación.

Sección 2.2 Reforzar el impacto del EIT

El EIT:

- estimulará la participación en actividades de toma de contacto, en particular para prestar ayuda a las CCI, si procede, en relación con el Régimen de Innovación Regional;

- creará y adaptará una herramienta de internet que proporcione una plataforma para el intercambio de conocimientos y el establecimiento de redes en torno al EIT;

- construirá y apoyará una red sólida y funcional de titulados en las actividades de educación y formación del EIT y de la CCI («antiguos alumnos del EIT»);

- hará que las lecciones aprendidas y los éxitos de las CCI sean sistemáticamente accesibles a la comunidad general de la innovación en la Unión y fuera de ella, lo cual podrá incluir la creación de un depósito de material de cursos abiertos de las actividades de educación y formación del EIT y las CCI;

- garantizará una fuerte participación del sector privado, incluidas las PYME, en el triángulo de conocimiento.

Sección 2.3 Nuevos mecanismos de elaboración y seguimiento orientado a los resultados

El EIT:

- establecerá un programa de simplificación que incluya puntos de referencia para evaluar los avances e informar a la Comisión sobre los progresos en su aplicación a través del informe de actividad anual; garantizará que los nuevos modelos de simplificación se difundan por toda la Unión e informará de otras iniciativas de esta;

- establecerá, en cooperación con la Comisión y las CCI, un sistema amplio y detallado para el seguimiento de la contribución del EIT a Horizonte 2020, del impacto de la acción del EIT a través de sus propias actividades y de los resultados de las CCI. El EIT informará sobre todas sus actividades de seguimiento en su informe de actividad anual, que deberá enviar al Parlamento Europeo y al Consejo.

Sección 3.1 Racionalizar y clarificar el proceso de toma de decisiones del EIT

El EIT:

- a través de una estrategia inteligente en materia de recursos humanos, que incluya un uso sistemático de conocimientos especializados internos y externos, y procedimientos de gestión interna, velará por convertirse en una institución de referencia para una gobernanza innovadora;

- tomará medidas concretas para fomentar aún más una cultura de apertura y transparencia.

ES

20.12.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 347/895

Sección 3.2 Invertir en las CCI: relaciones entre el EIT y las CCI

- proporcionará orientaciones claras y coherentes sobre las expectativas, las obligaciones y las responsabilidades durante todo el ciclo de vida de las CCI;

- desarrollará, en estrecha colaboración con las CCI, la capacidad de la sede central del EIT para facilitar el intercambio y el aprendizaje mutuo entre las CCI;

- prestará una serie de servicios a las CCI sobre cuestiones horizontales en las que pueda aumentarse la eficacia y aplicará otras políticas corporativas para el mismo fin;

- dará orientaciones sobre la afiliación y la asociación de socios que no pueden llegar a ser inversores y socios de pleno derecho de una CCI.

Sección 3.3 Colaborar con las partes interesadas

El EIT:

- establecerá un Foro de Participantes en el AIT y su formación especial de representantes de los Estados miembros, para facilitar la...

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