Reglamento (UE) no 317/2014 de la Comisión, de 27 de marzo de 2014, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) en lo que respecta a su anexo XVII (sustancias CMR)
Enforcement date: | April 22, 2014 |
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Comisión Europea |
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) no 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) no 1488/94 de la Comisión, así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (1), y, en particular, su artículo 68, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1)
El anexo XVII del Reglamento (CE) no 1907/2006, en sus entradas 28 a 30, prohíbe la venta al público en general de sustancias clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (sustancias CMR), categorías 1A o 1B o de las mezclas que las contengan en concentraciones superiores a determinados límites especificados. Las sustancias en cuestión se incluyen en los apéndices 1 a 6 del anexo XVII.
(2)
El Reglamento (CE) no 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), ha sido modificado por los Reglamentos (UE) no 618/2012 (3) y (UE) no 944/2013 (4) de la Comisión, con el fin de actualizar o incluir una serie de nuevas clasificaciones armonizadas de sustancias CMR.
(3)
El Reglamento (UE) no 618/2012 establece una nueva clasificación armonizada para las siguientes sustancias: el fosfuro de indio ha sido clasificado como carcinógeno de categoría 1B; el fosfato de trixililo y el ácido 4-tert-butilbenzoico se han clasificado como tóxicos para la reproducción de categoría 1B.
(4)
El Reglamento (UE) no 944/2013 establece una nueva clasificación armonizada para las siguientes sustancias: [brea, alquitrán de hulla, elevada temperatura] ha sido clasificado como carcinógeno de categoría 1A; el arseniuro de galio ha sido clasificado como carcinógeno de categoría 1B; [brea, alquitrán de hulla, elevada temperatura] ha sido clasificado como mutágeno de categoría 1B; [brea, alquitrán de hulla, elevada temperatura], epoxiconazol (ISO), nitrobenceno, dihexilftalato, N-etil-2-pirrolidona, amonio-pentadecafluoro-octanoato, ácido perfluorooctanoico y 2-etilhexil 10-etil-4,4-dioctil-7-oxo-8-oxa-3,5-ditio-4-stanatetradecanoato se han clasificado como tóxicos para la reproducción de categoría 1B.
(5)
Como los operadores pueden aplicar las...
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