Notificación previa de una concentración (Asunto M.9849 — Banco Santander/Aegon/Popular Vida) Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

SectionSerie C

8.6.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 190/6

Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:

— Banco Santander, SA («Banco Santander», España).

— Aegon N.V. («Aegon», Países Bajos).

— Popular Vida 2020, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.U. («Popular Vida», España), bajo el control de Banco Santander.

Aegon adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad de Popular Vida.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

— Banco Santander: banco español y sociedad matriz de un grupo internacional de entidades bancarias y financieras con actividades principalmente en países europeos, América Latina y los Estados Unidos/Puerto Rico.

— Aegon: sociedad matriz de un grupo de compañías de seguros cotizadas en Amsterdam y Nueva York, con actividades en todo el mundo y principalmente en los Estados Unidos, los Países Bajos y el Reino Unido.

— Popular Vida: sociedad con actividades en el mercado de los seguros de vida en España. Su principal canal de distribución es la red comercial de Banco Santander.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

Las observaciones deberán...

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