Asunto C-2/00: Petición de decisión prejudicial presentada mediante resolución del Oberlandesgericht Düsseldorf, de fecha de 23 de diciembre de 1999, en el asunto entre Michael Hölterhoff y Dr. Ulrich Freiesleben

SectionResolution

C 63/20 ES 4.3.2000Diario Oficial de las Comunidades Europeas Peticio¥ n de decisio¥n prejudicial presentada mediante reso- Motivos y principales alegaciones lucio¥ n del Oberlandesgericht D¸sseldorf, de fecha de 23 de diciembre de 1999, en el asunto entre Michael A tenor del arti¥culo 189 del Tratado CE (actualmente arti¥Hˆlterhoff y Dr. Ulrich Freiesleben culo 249 CE), la Directiva obligara¥ al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse; ello implica(Asunto C-2/00) que los Estados miembros esta¥n obligados a respetar el plazo sen~alado en la Directiva para atenerse a ella. Dicho plazo(2000/C 63/36) expiro¥ el 17 de septiembre de 1997 sin que Irlanda hubiera adoptado las disposiciones necesarias para dar cumplimientoAl Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha a la Directiva citada por la Comisio¥n en sus pretensiones.sido sometida una peticio¥n de decisio¥n prejudicial mediante resolucio¥n del Oberlandesgericht D¸sseldorf, dictada el 23 de diciembre de 1999, en el asunto entre Michael Hˆlterhoff y (1) DO L 235, p. 53, de 17.09.96.

Dr. Ulrich Freiesleben, y recibida en la Secretari¥a del Tribunal de Justicia el 5 de enero de 2000. El Oberlandesgericht D¸sseldorf solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre la siguiente cuestio¥n:

øHay tambiÈn violacio¥n del derecho de marca en el sentido del arti¥culo 5, apartado 1, letras a) y b) de la Primera Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximacio¥n de las legislaciones de los Estados Miembros Recurso interpuesto el 14 de enero de 2000 contra Irlanda en materia de marcas(1) cuando la demandada manifiesta que por la Comisio¥ n de las Comunidades Europeas la mercanci¥a procede de su propia produccio¥n y que usa el signo protegido en favor de la demandante exclusivamente (Asunto C-13/00)para sen~alar las propiedades particulares de la mercanci¥a por Èl ofrecida, de modo que se excluye, sin lugar a duda, que en el tra¥fico la marca usada se considera un indicio de la empresa (2000/C 63/38) de la que procede dicha mercanci¥a? En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha (1) DO L 40, de 11.2.1989, p. 1. presentado el 14 de enero de 2000 un recurso contra Irlanda formulado por la Comisio¥n de las Comunidades Europeas, representada por Karen Banks, Consejera Juri¥dica, y Manuel Desantes, experto nacional adscrito a su Servicio Juri¥dico, en calidad de Agentes, que designa como domicilio en...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT