2002/C 331 E/42Propuesta de Directiva del Consejo por la que se derogan las Directivas 68/414/CEE y 98/93/CE del Consejo por las que se obliga a los Estados miembros de la CEE a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo y/o productos petrolíferos y la Directiva 73/238/CEE del Consejo relativa a las medidas destinadas a atenuar los...

SectionDirective
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

Propuesta de Directiva del Consejo por la que se derogan las Directivas 68/414/CEE y 98/93/CE del Consejo por las que se obliga a los Estados miembros de la CEE a mantener un nivel mÌnimo de reservas de petrÛleo crudo y/o productos petrolÌferos y la Directiva 73/238/CEE del Consejo relativa a las medidas destinadas a atenuar los efectos producidos por las dificultades de abastecimiento de petrÛleo crudo y productos petrolÌferos (2002/C 331 E/42) (Texto pertinente a efectos del EEE) COM(2002) 488 final -- 2002/0221(CNS) (Presentada por la ComisiÛn el 11 de septiembre de 2002) EXPOSICI”N DE MOTIVOS La ComisiÛn ha propuesto una nueva Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aproximaciÛn de las medidas en materia de seguridad del abastecimiento de productos petrolÌferos. M·s concretamente, la propuesta de Directiva prevÈ la aproximaciÛn de las disposiciones de los Estados miembros en materia de reservas de petrÛleo y medidas de crisis y la coordinaciÛn de la actuaciÛn de los Estados miembros en caso de crisis de abastecimiento.

La propuesta de Directiva consta de dos apartados:

-- En el primer apartado se establecen las obligaciones de mantenimiento de reservas y se enuncian los criterios que deber·n respetar los sistemas de reservas de seguridad.

-- El segundo apartado cubre los aspectos relativos a la aprobaciÛn de medidas en situaciÛn de crisis y, m·s concretamente, el mecanismo institucional que permitir· a los Estados miembros la adopciÛn de una respuesta coordinada en tales casos.

En este contexto, los actuales textos legislativos en la materia han quedado obsoletos. Por consiguiente, la presente propuesta de Directiva tiene por objeto la derogaciÛn de algunos de ellos.

EL CONSEJO DE LA UNI”N EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artÌculo 100,

Vista la propuesta de la ComisiÛn,

Visto el dictamen del ComitÈ de las Regiones,

Visto el dictamen del ComitÈ EconÛmico y Social,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva . . ./. . ./CE tiene por objeto la aproximaciÛn de las medidas en materia de seguridad del abastecimiento de productos petrolÌferos.

(2) M·s concretamente, al objeto de garantizar el buen funcionamiento del mercado interior la Directiva . . ./. . ./CE aproxima las disposiciones de los Estados miembros en materia de reservas de petrÛleo y medidas de crisis y contempla la coordinaciÛn de la actuaciÛn de los...

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