Opinion of Advocate General Spielmann delivered on 1 August 2025.
| Jurisdiction | European Union |
| Celex Number | 62025CC0313 |
| ECLI | ECLI:EU:C:2025:625 |
| Date | 01 August 2025 |
| Court | Court of Justice (European Union) |
Edición provisional
CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL
SR. DEAN SPIELMANN
presentadas el 1 de agosto de 2025 (1)
Asunto C‑313/25 PPU [Adrar] (i)
GB
contra
Minister van Asiel en Migratie
[Petición de decisión prejudicial planteada por el rechtbank Den Haag, zittingsplaats Roermond (Tribunal de Primera Instancia de La Haya, sede de Roermond, Países Bajos)]
« Procedimiento prejudicial — Procedimiento prejudicial de urgencia — Política de inmigración — Retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular en un Estado miembro — Directiva 2008/115/CE — Ejecución de una decisión de retorno — Artículo 5 — Principio de no devolución — Interés superior del niño y vida familiar — Artículo 15 — Internamiento a efectos de expulsión — Examen del cumplimiento de los requisitos de legalidad del internamiento »
Introducción
1. El respeto del principio de no devolución, principio absoluto que refleja uno de los valores fundamentales de la Unión y de sus miembros, así como de los intereses contemplados en el artículo 5 de la Directiva 2008/115/CE, (2) suscita cuestiones delicadas cuando la situación del nacional de un tercer país en situación irregular ha cambiado desde que se adoptó la decisión de retorno que ha adquirido firmeza. Así sucede, en particular, cuando una autoridad judicial encargada de controlar la legalidad del internamiento de dicho nacional señala que ese principio y esos intereses no han sido invocados ni examinados con anterioridad durante el procedimiento de retorno.
2. La presente petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 5, 13, apartados 1 y 2, y 15 de la Directiva 2008/115, que garantizan, respectivamente, el respeto del principio de no devolución y de determinados intereses de los nacionales de terceros países en situación irregular, la tutela judicial efectiva respecto de las decisiones relativas al retorno, así como los estrictos requisitos y modalidades que se aplican a la adopción de una medida privativa de libertad.
3. Esta petición de decisión prejudicial ha sido planteada por el rechtbank Den Haag, zittingsplaats Roermond (Tribunal de Primera Instancia de La Haya, sede de Roermond, Países Bajos) en el contexto de un litigio entre GB y el Minister van Asiel en Migratie (Ministro de Asilo y Migración, Países Bajos; en lo sucesivo, «Ministro»), en relación con la decisión de este último de internar a GB con vistas a su expulsión en ejecución de una decisión de retorno.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
4. El artículo 5 de la Directiva 2008/115, titulado «No devolución, interés superior del niño[,] vida familiar y estado de salud», dispone lo siguiente:
«Al aplicar la presente Directiva, los Estados miembros tendrán debidamente en cuenta:
a) el interés superior del niño,
b) la vida familiar,
c) el estado de salud del nacional de un tercer país de que se trate,
y respetarán el principio de no devolución.»
5. Conforme al artículo 9, apartado 1, letra a), de esa misma Directiva, que lleva por título «Aplazamiento de la expulsión»:
«1. Los Estados miembros aplazarán la expulsión:
a) cuando esta vulnere el principio de no devolución […]».
6. El artículo 13 de la citada Directiva, rubricado «Vías de recurso», establece lo siguiente en sus apartados 1 y 2:
«1. Se concederá al nacional de un tercer país de que se trate el derecho efectivo a interponer recurso contra las decisiones relativas al retorno o pidiendo que se revisen estas, conforme a lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, ante un órgano jurisdiccional, una autoridad administrativa u otro órgano competente compuesto por miembros imparciales y con garantías de independencia.
2. La autoridad u órgano mencionados en el apartado 1 serán competentes para revisar las decisiones relativas al retorno a que se refiere el artículo 12, apartado 1, pudiendo asimismo suspender temporalmente su ejecución, salvo cuando la suspensión temporal sea ya de aplicación en virtud de la legislación nacional.»
7. De conformidad con los apartados 1 a 5 del artículo 15 de esa misma Directiva, titulado «Internamiento»:
«1. Salvo que en el caso concreto de que se trate puedan aplicarse con eficacia otras medidas suficientes de carácter menos coercitivo, los Estados miembros podrán mantener internados a los nacionales de terceros países que sean objeto de procedimientos de retorno, únicamente a fin de preparar el retorno o llevar a cabo el proceso de expulsión, especialmente cuando:
a) haya riesgo de fuga, ob) el nacional de un tercer país de que se trate evite o dificulte la preparación del retorno o el proceso de expulsión.
Cualquier internamiento será lo más corto posible y solo se mantendrá mientras estén en curso y se ejecuten con la debida diligencia los trámites de expulsión.
2. El internamiento será ordenado por las autoridades administrativas o judiciales.
El internamiento será ordenado por escrito indicando los fundamentos de hecho y de derecho.
Cuando el internamiento haya sido ordenado por una autoridad administrativa, los Estados miembros:
a) establecerán un control judicial rápido de la legalidad del internamiento, que deberá llevarse a cabo lo más rápidamente posible desde el comienzo del internamiento, o
b) concederán al nacional de un tercer país de que se trate el derecho de incoar un procedimiento para que se someta a control judicial rápido la legalidad de su internamiento, que deberá llevarse a cabo lo más rápidamente posible desde la incoación del procedimiento. En este caso, los Estados miembros informarán inmediatamente al nacional de un tercer país de que se trate sobre la posibilidad de incoar dicho procedimiento.
El nacional de un tercer país de que se trate será puesto en libertad inmediatamente si el internamiento es ilegal.
3. En todos los casos, se revisará la medida de internamiento a intervalos razonables cuando así lo solicite el nacional de un tercer país de que se trate o de oficio. En caso de períodos de internamiento prolongados, las revisiones estarán sometidas a la supervisión de una autoridad judicial.
4. Cuando parezca haber desaparecido la perspectiva razonable de expulsión, bien por motivos jurídicos o por otras consideraciones, o que hayan dejado de cumplirse las condiciones descritas en el apartado 1, dejará de estar justificado el internamiento y la persona de que se trate será puesta en libertad inmediatamente.
5. El internamiento se mantendrá mientras se cumplan las condiciones establecidas en el apartado 1 y sea necesario para garantizar que la expulsión se lleve a buen término. Cada Estado miembro fijará un período limitado de internamiento, que no podrá superar los seis meses.»
Derecho neerlandés
8. El artículo 59, apartado 1, letra a), de la Vreemdelingenwet 2000 (Ley de Extranjería de 2000), de 23 de noviembre de 2000 (Stb. 2000, n.º 495), en su versión aplicable en el litigio principal, tiene el siguiente tenor:
«Cuando así lo exija el orden público o la seguridad nacional, [el Ministro] podrá internar, con vistas a su expulsión, al extranjero […] que no esté en situación regular.»
Litigio principal, cuestiones prejudiciales y procedimiento ante el Tribunal de Justicia
9. El 11 de septiembre de 2024, GB, que manifiesta tener nacionalidad argelina, presentó una solicitud de protección internacional en los Países Bajos. No compareció a la audiencia sobre los motivos de esa solicitud.
10. Mediante decisión de 7 de octubre de 2024, el Ministro denegó esa solicitud y adoptó una decisión que también constituye una decisión de retorno (en lo sucesivo, «decisión de retorno»). Como GB no la recurrió en el plazo fijado al efecto, la decisión de retorno adquirió firmeza y GB no acató voluntariamente la obligación de retorno derivada de ella.
11. El 26 de marzo de 2025, GB fue trasladado a los Países Bajos por las autoridades francesas en virtud del Reglamento (UE) n.º 604/2013, denominado «Reglamento Dublín III». (3) GB fue internado entonces sobre la base del artículo 8 de la Directiva 2013/33/UE por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional. (4)
12. Ese mismo día, GB presentó una solicitud posterior de protección internacional en los Países Bajos, que dio lugar a la suspensión de la ejecución de la decisión de retorno. Asimismo, declaró que temía correr un grave riesgo de ser sometido a penas o tratos inhumanos o degradantes si regresaba a Argelia. El 7 de abril de 2025, GB fue oído sobre los motivos de esa solicitud y fue informado de que se pretendía denegarla por ser manifiestamente infundada. El 9 de abril de 2025, antes de que se hubiera adoptado una decisión sobre su solicitud, GB la retiró. Por lo tanto, la suspensión de la decisión de retorno quedó automáticamente sin efecto.
13. El 10 de abril de 2025, se levantó la medida de internamiento que se le había impuesto el 26 de marzo de 2025 sobre la base del artículo 8 de la Directiva 2013/33. No obstante, se ordenó otra medida de internamiento contra GB con vistas a proceder a su expulsión a Argelia en ejecución de la decisión de retorno, con arreglo al artículo 15 de la Directiva 2008/115. En la audiencia previa a ese internamiento, celebrada ese mismo día, GB manifestó que temía ser sometido a penas o tratos inhumanos o degradantes en caso de regresar a Argelia y que era padre de un menor nacido en Francia el 18 de septiembre de 2024, del que deseaba poder ocuparse.
14. El 16 de abril de 2025, GB interpuso un recurso contra el internamiento ante el rechtbank Den Haag, zittingsplaats Roermond (Tribunal de Primera Instancia de La Haya, sede de Roermond), que es el tribunal remitente.
15. Dicho tribunal se pregunta si, en virtud del Derecho de la Unión, cuando examina el cumplimiento de los requisitos de legalidad del internamiento, debe apreciar, en su caso de oficio, si el principio de no devolución y los intereses contemplados en el artículo 5 de la Directiva 2008/115 se oponen a la expulsión de GB a Argelia si existen...
Get this document and AI-powered insights with a free trial of vLex and Vincent AI
Get Started for FreeUnlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations