Órganos de la EIOPA

AuthorJesús López-Brea López de Rodas
ProfessionDoctor en Derecho por la UNED
Pages105-155

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Para llevar a cabo todas estas funciones y competencias, la EIOPA está estructurada en los siguientes Órganos:

1. La junta de supervisores

Es el órgano supremo de toma de decisiones de la EIOPA y su funcionamiento está regulado en los artículos 40 a 44 del Reglamento y en el Reglamento interno adoptado y publicado por la propia Junta en fecha 10 de enero de 2011.154 De estas dos normas se obtiene que la Junta de Supervisores está integrada por un Presidente, el máximo representante de la autoridad pública nacional competente en seguros y pensiones de jubilación (o sea del supervisor de seguros) de cada uno de los Estados miembros (por España lo es la Directora de la DGSFP, María Fla-via Rodríguez-Ponga Salamanca), un representante de la Comisión Europea (en concreto el Director del Mercado Interior y Servicios, Michel Barnier), un representante de la JERS, un representante de cada uno de los otros dos Supervisores Europeos y como observadores un representante de cada uno de los siguientes Estados del EEE: Islandia, Licchtenstein y Noruega.155 Además el supervisor de seguros de cada Estado miembro debe nombrar también un suplente de alto nivel que pueda sustituir al miembro titular de la Junta de Supervisores en caso de que éste no pudiera asistir a la reunión, como por ejemplo España ha hecho con Pablo Muelas García. Los Estados miembros en los que sean varias las autoridades responsables de la supervisión en seguros, deben convenir en nombrar un único representante, permitiéndoseles que cuando uno de los puntos que deba ser discutido en la reunión no fuera de los de su competencia pueda estar acompañado por un representante de la autoridad competente en su país del asunto a tratar, pero no teniendo este acompañante derecho a voto, pues cada Estado miembro

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tiene solo un voto y debiendo cada una de sus instituciones nombrar un suplente de cada uno de ellos que les pueda sustituir en caso de ausencia, como por ejemplo sucede con Italia que tiene de representante por el Instituto di Vigilanza Sulle Assicurazioni a Alberto Corinti y su suplente Fausto Párente quienes pueden estar acompañados en las reuniones en que se trate algo relacionado con los fondos de pensiones por el representante de la Commissione di Vigilanza sui Fondi Pensione Raffaele Capuano o su suplente Ambrogio Rinaldi. Los Estados miembros que en el momento de redactar este trabajo tienen nombrado un representante y un acompañante en la Junta por esta razón de ser varios los supervisores de seguros en su país son Bélgica, Chipre, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo y Reino Unido.156 Es a la Junta de Supervisores a quien corresponde asesorar a la EIOPA en sus funciones, adoptar los dictámenes, recomendaciones, decisiones y consejos de la EIOPA, nombrar al Presidente, establecer (antes del 30 de septiembre) el programa de trabajo de la EIOPA para el año siguiente, como por ejemplo el de 2015 (EIOPA-BoS-14/108 ),157 el informe anual de actividades, el presupuesto y tiene potestad disciplinaria sobre el Presidente y el Director Ejecutivo, pudiendo incluso relevarles en los casos previstos en el Reglamento.

Todas estas resoluciones, las debe tomar la Junta de Supervisores por mayoría simple de sus miembros, excepto los proyectos de normas técnicas de regulación, de normas técnicas de ejecución, las directrices y recomendaciones dirigidas a las autoridades nacionales competentes en seguros o a aseguradoras, las prohibiciones o restricciones temporales de determinadas actividades y el presupuesto de la EIOPA, que deben ser por mayoría cualificada.158 Las votaciones pueden ser a mano alzada, debiendo hacerse por votación secreta si una décima parte de los miembros presentes de la Junta de Supervisores con derecho a voto así lo decidieran y también pueden ser por procedimiento escrito; respecto de la decisión vinculante que se adopte por la Junta en un asunto relacionado con la solución de diferencias entre autoridades competentes en situaciones transfronterizas, se considerará adoptada cuando sea aprobada por mayoría simple, salvo que la rechace un número de miembros de la Junta que represente una minoría de bloqueo.159 De todos sus integrantes, de la Junta solamente tienen derecho a votar en la toma de decisiones los representantes de los Estados miembros, sin que el Presidente de la Junta, ni el representante de la Comisión Europea, ni el de JERS ni el de los otros dos Supervisores Europeos, tengan derecho a voto. Tanto el Presidente como los miembros con derecho a voto deben actuar con independencia, objetividad y úni-

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camente en interés de la UE en su conjunto, no pidiendo ni aceptando instrucciones de ninguna otra institución u organismo de la UE, Gobierno de un Estado miembro u otra entidad pública o privada, debiendo todos éstos abstenerse de ejercer influencia alguna sobre los miembros de la Junta de Supervisores.

La Junta de Supervisores (Board of Supervisors) tiene reuniones para la toma de sus decisiones, debiendo asistir personalmente los máximos representantes del supervisor de seguros de cada Estado miembro al menos a dos ellas cada año y también debe la Junta reunirse periódicamente, al menos dos veces al año, con los Grupos de Partes Interesadas. La Junta puede invitar a observadores a sus reuniones y el Director Ejecutivo de la EIOPA también puede participar en ellas, pero sin derecho a voto. Estas reuniones son convocadas por su Presidente, a propia iniciativa o a petición de un tercio de sus miembros y estarán presididas por él, salvo que se refieran a aseguradoras concretas, a las cuales ni el Presidente ni el Director Ejecutivo podrán asistir, salvo que así se lo permitan las disposiciones de una Directiva o de un acuerdo celebrado con un tercer país. La primera reunión de la junta de Supervisores tuvo lugar nada más crearse la EIOPA, concretamente el 10 de enero de 2011160 y estuvo presidida por el Presidente de la EIOPA y en ella se aprobaron el Reglamento interno de la propia Junta y el del cargo de Presidente y el del cargo de Director Ejecutivo, el Código de Conducta y se nombraron a los seis componentes del primer Consejo de Administración, a Víctor Rod para el cargo de Presidente suplente, a Olivier Salles como Director Ejecutivo interino y se fijaron las fechas de las 4 reuniones siguientes previstas para ese año, que luego serían 5 al haber una más el 13 de diciembre. Dicho Reglamento interno (Rules ofProcedure) que se ha dado la Junta de Supervisores, cuya adopción y publicación le imponía el art. 44.3 del Reglamento, fue modificado el 14 de junio de 2012 (EIOPA-BoS-11/002-Revl)161 y está compuesto de 9 artículos en los que se detalla quienes componen la Junta como miembros con derecho a voto, sin derecho a voto o como observadores y la facultad de poder invitar como observador a sus reuniones a quien considere (art. 1), su cometido y las tareas que debe llevar a cabo (art. 2), como hacer delegación de estas tareas (art. 3), las modalidades de votación en sus reuniones que pueden ser a mano alzada o en votación secreta si lo pide el 10 % de los asistentes con derecho a voto, los procedimientos de toma de decisiones admitiendo el procedimiento de votación por escrito y fijando un quorum mínimo de asistencia de al menos 2/3 de los miembros con derecho a voto, para que la reunión tenga validez (art. 4), la forma de celebrar sus reuniones que deben ser al menos 3 al año y al menos 2 al año con los Grupos de Partes In-

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teresadas, debiendo cursarse la invitación al menos con 4 semanas de antelación a la fecha de la reunión, quien la debe presidir y forma de redactar las actas de sus reuniones (art. 5), imponiendo el secreto profesional a los asistentes a las reuniones (art. 6), el procedimiento para la elección del Presidente y demás cargos importantes de la EIOPA (art. 7), el código de conducta de sus miembros que incluye el cumplir con el Código de Buena Conducta, las Normas de lucha contra el fraude, Secreto Profesional y Régimen lingüístico (art. 8) y que este Reglamento interno puede ser modificado, como así ha ocurrido ya y que entraba en vigor al momento de su aprobación (art. 9).

En las otras reuniones de la Junta en 2011, en concreto en la segunda reunión, celebrada el 25 de febrero de 2011, que fue presidida por el Presidente suplente Víctor Rod, se nombró al español Carlos Montalvo como Director Ejecutivo de la EIOPA, así como la propuesta de nombramientos de los miembros de los Grupos de Partes Interesadas y se acordó un test de estrés a realizar por las aseguradoras ese año. En la tercera reunión, celebrada el 31 de marzo y 1 de abril de 2011, se aprobó la propuesta de Presupuesto 2012, el borrador del Programa de Trabajo 2012, aprobó la creación de la Comisión de Informática y de Datos (Information Technology and Data Committee o IT and Data Committee) y nombró a la francesa Pauline de Chatillon Presidenta...

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