Directiva 2010/25/UE de la Comisión, de 18 de marzo de 2010, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir en ella las sustancias activas penoxsulam, proquinazid y espirodiclofeno

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

19.3.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 69/11

ES

DIRECTIVAS DIRECTIVA 2010/25/UE DE LA COMISIÓN

de 18 de marzo de 2010

por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir en ella las sustancias activas penoxsulam, proquinazid y espirodiclofeno

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios

( 1

), y, en particular, su artículo 6, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 6, apartado 2, de la Directiva 91/414/CEE, Italia recibió, el 29 de noviembre de 2002, una solicitud de Dow AgroScience para la inclusión de la sustancia activa penoxsulam en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE. Mediante la Decisión 2004/131/CE de la Comisión

( 2

) se confirmó que el expediente era «documentalmente conforme», esto es, que podía considerarse que satisfacía, en principio, los requisitos de información establecidos en los anexos II y III de la Directiva 91/414/CEE.

(2) De conformidad con el artículo 6, apartado 2, de la Directiva 91/414/CEE, el Reino Unido recibió, el 9 de enero de 2004, una solicitud de DuPont Ltd para la inclusión de la sustancia activa proquinazid en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE. Mediante la Decisión 2004/686/CE de la Comisión

( 3

) se confirmó que el expediente era «documentalmente conforme», esto es, que podía considerarse que satisfacía, en principio, los requisitos de información establecidos en los anexos II y III de la Directiva 91/414/CEE.

(3) De conformidad con el artículo 6, apartado 2, de la Directiva 91/414/CEE, los Países Bajos recibieron, el 23 de agosto de 2001, una solicitud de Bayer CropScience para la inclusión de la sustancia activa espirodiclofeno en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE. Mediante la Decisión 2002/593/CE de la Comisión

( 4 ) se confirmó que el expediente era «documentalmente conforme», esto es, que podía considerarse que satisfacía, en principio, los requisitos de información establecidos en los anexos II y III de la Directiva 91/414/CEE.

(4) Los efectos de estas sustancias activas sobre la salud humana y el medio ambiente se han evaluado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, apartados 2 y 4, de la Directiva 91/414/CEE, en lo relativo a los usos propuestos por los solicitantes. Los Estados miembros designados ponentes presentaron un proyecto de informe de evaluación, el 10 de febrero de 2005 para el penoxsulam, el 14 de marzo de 2006 para el proquinazid y el 21 de abril de 2004 para el espirodiclofeno.

(5) Los informes de evaluación fueron sometidos a una revisión inter pares por parte de los Estados miembros y la EFSA en su Grupo de trabajo Evaluación y se presentaron a la Comisión como informes científicos de la EFSA, el 31 de agosto de 2009 el relativo al penoxsulam

( 5 ), el 13 de octubre de 2009 el relativo al proquinazid

( 6 ) y el 27 de julio de 2009 el relativo al espirodiclofeno

( 7 ).

Estos informes y los proyectos de informe de evaluación fueron revisados por los Estados miembros y la Comisión en el Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal y fueron adoptados el 22 de enero de 2010 como informes de revisión de la Comisión relativos al penoxsulam, el proquinazid y el espirodiclofeno.

(6) Según los diversos exámenes efectuados, cabe esperar que los productos fitosanitarios que contengan estas sustancias activas satisfagan, en general, los requisitos establecidos en el artículo 5, apartado 1, letras a) y b), y en el artículo 5, apartado 3, de la Directiva 91/414/CEE, sobre todo con respecto a los usos examinados y detallados en los informes de revisión de la Comisión. Por tanto, es procedente incluir las sustancias activas penoxsulam, proquinazid y espirodiclofeno en el anexo I...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT