Las políticas sociales en materia de vida familiar

AuthorMercè Sales i Jardí
Pages203-206

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Entre los objetivos del consejo de Europa está el de «realizar una unión más estrecha entre sus miembros a fin de salvaguardar y promover los ideales y los principios que constituyen su patrimonio común, y de favorecer su progreso económico y social»716. En este sentido, el consejo ha tenido un papel principal en el establecimiento de estándares mínimos de seguridad social en Europa, en el desarrollo de la coordinación entre los Estados miembros a este efecto y en el seguimiento de las evoluciones en este ámbito.

Desde la adopción de la carta Social Europea717, los derechos sociales entran directamente en el consejo de Europa de manera general. La carta Social Europea se puede considerar el equivalente del convenio Europeo de Derechos Humanos en cuanto a los derechos económicos y sociales. En su primera parte, la carta garantiza el disfrute sin discriminación de los derechos humanos económicos y sociales fundamentales, consagrados en el marco de una política social que las Partes se comprometen a perseguir por todos los medios. Entre los derechos garantizados por la carta en su segunda parte, se consideran como los más importantes el derecho al trabajo, el derecho sindical, el derecho a la negociación colectiva, el derecho a la seguridad social, el derecho a la asistencia social y médica, el derecho de la familia a una protección social, jurídica y económica, y el derecho de los trabajadores migrantes y sus familias a protección y asistencia718.

Posteriormente, el código Europeo de Seguridad Social719y su Protocolo tienen por objetivo estimular el desarrollo de la seguridad social en todos los Estados miembros del consejo de Europa a fin que éstos, de forma gradual, puedan alcanzar el nivel más alto posible. El código establece una serie de normas que las Partes se comprometen a incluir en sus sistemas de seguridad social. El código define estándares y fija umbrales mínimos de protección que las Partes

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deberán garantizar en ámbitos como la atención médica, las prestaciones por enfermedad, las prestaciones por desempleo, las prestaciones de vejez, las prestaciones familiares, las prestaciones de maternidad, las prestaciones de invalidez o las prestaciones de supervivencia720.

El convenio Europeo de Seguridad Social721está fundado sobre los cuatro principios fundamentales del derecho internacional de la seguridad social: la igualdad de trato, el carácter único de la legislación aplicable, la conservación de los derechos adquiridos o en curso de adquisición, y el servicio de las prestaciones en el extranjero. Este convenio extiende su ámbito de aplicación material a las prestaciones de maternidad y familiares. Su ámbito de aplicación personal incluye a todas las personas que son nacionales de un Estado Parte -igual que los refugiados y los apátridas residentes en el territorio de una Estado Parte- y que están, o han estado, sujetas a la legislación de una o varias Partes, así como los miembros de su familia y sus supervivientes. Los supervivientes de personas que, sin haber tenido la nacionalidad de una Parte, han estado sujetas a la legislación de una o varias Partes, también podrán...

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