Comunicación del Gobierno de la República de Polonia en relación con la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos — la zona de Kruszwica

SectionAnuncio

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 212/7

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS Comunicación del Gobierno de la República de Polonia en relación con la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos - la zona de Kruszwica

(2013/C 212/07)

Habiéndose presentado al Departamento de Geología y Concesiones Geológicas una solicitud de concesión para la prospección y exploración de yacimientos de petróleo gas natural, solicito por la presente, por mediación de la Representación Permanente de Polonia ante la Unión Europea, que se publique en el Diario Oficial de la Unión Europea la información de esa solicitud conforme a lo dispuesto en el artículo 3, apartado 2, letra b), de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos, y en el artículo 46 de la Ley de geología y minas de 9 de junio de 2011 (Boletín Oficial n o 163 de 2011, acto 981, modificado).

El procedimiento de licitación se refiere al otorgamiento de una concesión para la prospección y/o exploración de yacimientos de petróleo y gas natural en la zona de Kruszwica de los voivodatos de Wielkopolskie y Kujawsko-Pomorskie.

N o Nombre N o de bloque

Acuerdo 1992

X Y

1

Kruszwica

189 (parte)

209 (parte)

543 142,49 432 398,26 542 925,90 455 413,50 541 616,60 456 204,60 541 321,20 457 548,60 542 900,10 458 105,40 542 823,80 466 261,60 530 547,50 466 176,40 529 982,02 460 947,67 527 199,48 461 245,08 522 457,61 459 362,76 516 113,51 460 780,17 505 767,09 460 565,18

Las solicitudes deben referirse a la misma zona.

Las solicitudes de concesión deben llegar a la sede central del Ministerio de Medio Ambiente no más tarde de las 12:00 horas (CET/CEST) del último día de un periodo de 180 días contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Las solicitudes se examinarán de acuerdo con los siguientes criterios:

  1. la tecnología de trabajo propuesta (50 %),

    ES Diario Oficial de la Unión Europea 26.7.2013

  2. la capacidad técnica y financiera del licitador (40 %),

  3. la cuantía de la cuota propuesta en pago del usufructo minero (10 %).

    La cuantía mínima de la cuota por usufructo minero para la zona de Kruszwica es de 128 190,70 PLN al...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT