De Portugal a Polonia: el tribunal de justicia de la Unión Europea como guardián de la independencia judicial

AuthorAida Torres Pérez
Pages333-351
DE PORTUGAL A POLONIA: EL TRIBUNAL
DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA COMO
GUARDIÁN DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL*
Aida TORRES PÉREZ
Profesora Agregada de Derecho Constitucional
de la Universidad Pompeu Fabra
(ICREA Acadèmia)
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN.—2. LA OBLIGACIÓN DE GARANTIZAR LA INDEPENDENCIA JU-
DICIAL COMO DERECHO PRIMARIO DE LA UE: 2.1. De la tutela judicial efectiva...—2.2. ... a
la independencia judicial.—3. LOS ÁMBITOS DE APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 19.1 TUE Y LA
CARTA: ¿DIVERGENTES O CONVERGENTES?: 3.1. «En los ámbitos cubiertos por el Derecho
de la Unión». 3.2. El artículo 19.1 TEU como un desencadenante para la aplicación de la Car-
ta.—4. CONCLUSIÓN.
1. INTRODUCCIÓN
El 24 de junio de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(TJUE) publicó la esperada sentencia Comisión c. Polonia 1, declarando
que Polonia había incumplido sus obligaciones bajo el art. 19.1, párra-
fo segundo, del Tratado de la Unión Europea (TUE). Esta sentencia fue
el resultado de un procedimiento de infracción iniciado por la Comisión
contra Polonia en respuesta a la reforma de la Ley del Tribunal Supremo
que rebajó la edad de jubilación obligatoria de los jueces. En una acción
sin precedentes, el TJUE suspendió la aplicación de la Ley hasta la publi-
cación de la sentencia como medida provisional 2, y f‌inalmente resolvió
que Polonia había infringido la obligación de respetar la independencia
judicial. El hecho de que el resultado fuera el esperado no disminuye la
* Originalmente publicado como «From Portugal to Poland: The Court of Justice of the
European Union as watchdog of judicial independence», Maastricht Journal of European and
Comparative Law, vol. 27(1), 2020. Traducción a cargo de Josep Maria Tirapu. Financiado por
DER2017-84195-P y por ICREA Acadèmia.
1 Caso C-619/18 Comisión c. Polonia, EU:C:2019:531.
2 Caso C-619/18 Comisión c. Polonia, Auto del Tribunal.
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relevancia del caso en la lucha contra la regresión del Estado de Derecho
en la UE.
Comisión c. Polonia se fundamentó en una lectura creativa del art. 19.1
TUE, que se ha convertido en un poderoso instrumento para controlar el
respeto de la independencia judicial por parte de los Estados miembros.
Esta interpretación novedosa se inaugura en la Sentencia Associação Sin-
dical dos Juízes Portugueses (ASJP) 3, dictada alrededor de un año antes, el
27 de febrero de 2018. El caso se plantea a partir de la impugnación por
parte de una asociación portuguesa de jueces de una ley que reducía las
retribuciones de los trabajadores del sector público con el objetivo de re-
ducir el déf‌icit presupuestario y cumplir los requisitos para obtener ayu-
da f‌inanciera de la UE. El TJUE aprovechó la ocasión para establecer el
principio de independencia judicial como una obligación primaria de los
Estados miembros al amparo del art. 19.1 TUE, párrafo segundo. Como
consecuencia, la supervisión de la estructura del poder judicial bajo el
parámetro de la independencia judicial pasó a recaer en la jurisdicción
del TJUE.
Esta interpretación fue posteriormente reaf‌irmada en casos como Mi-
nister for Justice and Equality (LM) 4, Achmea 5, Escribano Vindel 6, alcan-
zando su máxima expresión en Comisión c Polonia, el primer caso en que
el TJUE determinóque se había producido una infracción de la indepen-
dencia judicial al amparo del art. 19.1 TUE. En ASJP, el TJUE creó un
nuevo instrumento para controlar los sistemas judiciales domésticos en
un momento en que las reformas legislativas en Polonia (pero también
en otros Estados miembros) planteaban una grave amenaza a la indepen-
dencia judicial 7.
Si bien, por un lado, podemos celebrar esta interpretación expansiva
del art. 19.1 desde la perspectiva del Estado de Derecho, por otro lado, se
podría cuestionar desde el punto de vista de la autonomía procedimental
de los Estados miembros. Además, la Carta de Derechos Fundamentales
de la UE (Carta), que contiene el derecho a la tutela judicial efectiva en
su art. 47, fue marginada en la medida en que simplemente se usó como
herramienta hermenéutica.
El objetivo de este artículo es analizar la recién inaugurada interpreta-
ción del art. 19.1 TEU, como una pieza relevante en el proceso de construc-
ción del orden constitucional de la UE. Se examinará el contenido, alcance
e implicaciones del art. 19.1 TEU y su interacción con la Carta. En primer
lugar, analizaré el contenido sustantivo del art. 19.1 TUE. Con base en su
jurisprudencia anterior, el TJUE ha sostenido que el art. 19.1 TUE contiene
3 Caso C-64/16 Associação Sindical dos Juízes Portugueses, EU:C:2018:117.
4 Caso C-216/18 PPU Minister for Justice and Equality (Def‌iciencies in thesystem of justice),
5 Caso C-284/16 Achmea, EU:C:2018:158.
6 Caso C-49/18 Carlos Escribano Vindel, EU:C:2019:106.
7 L. PECH y S. PLATON, «Judicial Independence under threat: the Court of Justice to the re-
source in ASJP», 55 Common Market Law Review, 2018, pp. 1827-1854, 1849.

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