La potenciación de los estados y de sus diversos instrumentos de actuación

AuthorSantiago Petschen
ProfessionCatedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales Universidad Complutense de Madrid
Pages57-68

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Con el nuevo Tratado de Reforma, luego llamado de Lisboa, que abarca dos Tratados de igual rango, el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, se fortifica el proceso de que la construcción europea la hacen y la controlan los Estados. Por tal razón, los Estados se oponen:

1) a construir una Unión Europea que pueda asemejarse a un superestado.

2) a impulsar un desarrollo eficaz de los ciudadanos en la Unión Europea.

3) a facilitar un mayor desarrollo de las regiones en la Unión Europea.

Expongamos el contenido de las tres afirmaciones que acabamos de hacer. Con respecto al punto primero debemos recordar que ésta fue la opción tomada por los Jefes de Estado o de Gobierno en el Consejo Europeo de Laeken celebrado en la citada ciudad belga en diciembre de 2001 y cuya declaración final se tituló "El Futuro de la Unión Europea". En ella no aparece ningún rasgo que indique que se desee que la Unión Europea vaya caminando para ser un superestado. Es más, al final de la parte I dedicada a "Europa en una encrucijada", se explicita: "no un superestado europeo"1. Esta característica, sin embargo, perdió un poco de su rigidez en el Tratado constitucional. Fracasado éste, se volvió a reafirmar en el Tratado de Reforma impuesto a la Conferencia Intergubernamental que lo mantendrá decididamente hasta llegar al Tratado de Lisboa.

En lo referente al punto segundo, es decir, a la oposición de los Estados a impulsar una participación más eficaz de los ciudadanos en la Unión Europea, la Declaración de Laeken lo que tiene muy en cuenta son las expectativas del Page 58 ciudadano europeo. Y como expectativas, las enumera con bastante precisión: la lucha contra la delincuencia transfronteriza, el control de las corrientes migratorias, la acogida de los refugiados, el empleo, la lucha contra la pobreza y la exclusión social, la cohesión económica y social, la contaminación, la seguridad de la alimentación. Y aunque se reconoce que para los ciudadanos la Unión actúa de modo demasiado burocrático en bastantes aspectos, no se concreta la participación de los mismos. Únicamente se deja abierta la puerta a la esperanza en lo que a la democracia se refiere: "¿cómo volver a acercar a los ciudadanos, y en primer lugar, a los jóvenes, al proyecto europeo y a las Instituciones europeas?"2. El elenco de materias que acabamos de enumerar y el estilo con que están expresadas es el propio del despotismo ilustrado. No se habla de participación de los ciudadanos sino sólo de acercamiento.

Luego vino el Tratado constitucional que estableció dos principios de legitimidad: el de los Estados y el de los ciudadanos3. Con el Tratado de Lisboa, la letra referida a los dos principios quedó eliminada. Con ello, los que se vieron afectados por la supresión de la letra no fueron, evidentemente, los Estados, sino los ciudadanos. No podemos olvidar que se trata de un Tratado y que los señores de los tratados son los Estados. No hay más que prestar atención al texto del Tratado de la Unión Europea del 13 de diciembre de 2007. Dice así: "Por el presente Tratado, las Altas Partes Contratantes constituyen entre sí una Unión Europea, en lo sucesivo denominada , a la que los Estados miembros atribuyen competencias para alcanzar sus objetivos comunes" 4.

Si esto era así antes del Tratado de Lisboa, ahora lo es todavía más. Los Estados han puesto un freno contundente, bastante definitivo, a esas otras aspiraciones que se podían contemplar como posibilidades.

Con respecto al punto tercero, las regiones vienen a aparecer como el término medio entre los Estados y los ciudadanos. Pero en la formulación de las normas que rigen su conducta, no reciben una consideración preferente parecida a la de los Estados sino más bien una consideración secundaria parecida a la de los ciudadanos. Salvo la participación que se concede a las regiones con capacidad legislativa en la determinación del principio de subsidiariedad.

En el proceso por el que se ha llegado al Tratado de Lisboa ha habido luchas. Luchas de unos Estados contra otros (la vieja Europa y la nueva Europa; el centro y la periferia...etc). Éstas, sin embargo no han sido las luchas de mayor trascendencia. La lucha principal la han llevado los Estados como tales contra la pérdida de su poder en el conjunto. Así por ej.:

- al Tratado constitucional lo eliminaron fundamentalmente dos Estados viejos: Francia y Países Bajos.

- la oportunidad que ofrece la cooperación reforzada no se ha tenido en cuenta. Page 59

Al decir Estados tengo que referirme a sus elites. Quieren mandar en su país sin que lo europeo se les ponga excesivamente por encima. Al que escribe estas líneas le parece que, en las elites o, dicho de otra forma, en el establishment de los Estados más que en el nacionalismo de los pueblos (aunque también), está la justificación del retroceso que se da en el Tratado de Lisboa frenando la construcción de lo común (los ciudadanos europeos son el elemento más común de la Unión Europea) y procurando mantener la potenciación de los Estados (el elemento más particular de la Unión Europea).

Voy a tratar ahora de una cuestión que nos muestra el auge de la...

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