Publicación de una solicitud de aprobación de una modificación que no se considera menor de un pliego de condiciones, de conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

9.6.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 193/34

La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud de modificación, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), en un plazo de tres meses a partir de la fecha de la presente publicación

Syndicat des producteurs de Pouligny-Saint-Pierre Dirección: Maison de l’agriculture, 65 avenue Gambetta, 36300 LE BLANC Tel. 02.54.37.52.13 Fax 02.54.37.04.21 Correo electrónico: syndicataocpouligny@sfr.fr

La agrupación la componen productores y transformadores y tiene un interés legítimo en la presentación de la solicitud.

Francia

☐ Nombre del producto

☒ Descripción del producto

☒ Zona geográfica

☒ Prueba del origen

☒ Método de producción

☒ Vínculo

☒ Etiquetado

☒ Otros: requisitos nacionales, control, datos de contacto de la agrupación y del servicio competente del Estado miembro.

☒ Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada que, a tenor del artículo 53, apartado 2, párrafo tercero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, no se considera menor.

☐ Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada, cuyo documento único (o equivalente) no ha sido publicado y que, a tenor del artículo 53, apartado 2, párrafo tercero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, no se considera menor.

La frase siguiente:

«El “Pouligny-Saint-Pierre” es un queso elaborado exclusivamente con leche de cabra, con forma de pirámide truncada, con base cuadrada y cuyo molde mide 6,5 cm en la base inferior y 2,5 cm en la base superior.»

se sustituye por:

«El “Pouligny-Saint-Pierre” es un queso elaborado exclusivamente con leche de cabra entera y cruda, con forma de pirámide truncada alargada con aristas regulares y base cuadrada.».

La obligación de emplear leche cruda y entera refuerza el vínculo con la zona geográfica a través de la preservación de la flora láctica autóctona. Para ajustarse a la descripción del producto, se completan las características de la pirámide. La información relativa a las dimensiones del molde se traslada al capítulo 5.3.4.

La frase siguiente:

Se obtiene principalmente a partir de una cuajada láctica.

,

se completa como sigue:

Se obtiene a partir de una cuajada láctica mediante coagulación lenta y desuerado espontáneo.

.

Se suprime el término «principalmente» porque resulta inadecuado, ya que la cuajada siempre es láctica. La referencia a la coagulación lenta se retira del capítulo «Método de producción» porque no forma parte de la descripción del producto. La referencia al desuerado espontáneo corresponde a las prácticas actuales que preservan la estructura de la cuajada láctica.

La frase siguiente:

Es un queso de pasta blanda, ligeramente salada y sin cocer, que presenta mohos superficiales.

,

se modifica como sigue:

Es un queso de pasta blanda, ligeramente salada. En la parte exterior presenta mohos superficiales. Su corteza es vermicular, de color blanco marfil con aspecto jaspeado, pero también puede ser azulada.

.

Se mejora la descripción del aspecto exterior del producto para ofrecer una mejor caracterización. Esta nueva redacción describe de forma más clara las características del queso.

Se añade la frase siguiente:

De consistencia firme al corte, este presenta un aspecto franco, homogéneo y liso, de color blanco, pudiendo adoptar matices de color marfil. El sabor es equilibrado, sin excesiva salinidad ni acidez.

Presenta notas aromáticas dominadas por un carácter lácteo, fermentativo, con notas de tipo “caprino”, “champiñón” y “avellana”.

La textura es cremosa y fundente.

.

Se mejora la descripción del aspecto de la pasta y del sabor del producto para ofrecer una mejor caracterización. Esta nueva redacción describe de forma más clara las características del queso.

La frase siguiente:

Tiene un contenido mínimo de materia grasa del 45 % y la materia seca debe ser como mínimo de 90 gramos por queso.

,

se sustituye por:

«El queso se presenta en dos formas:

— “Pouligny-Saint-Pierre”, con un peso mínimo de 250 gramos al final del período mínimo de maduración y un extracto seco total de al menos 90 gramos por queso;

— “Pouligny-Saint-Pierre” pequeño, con un peso mínimo de 150 gramos al final del período mínimo de maduración y un extracto seco total de entre 55 y 85 gramos por queso.

El contenido mínimo de materia grasa en el extracto seco es del 45 %.

Para el consumidor final, los quesos “Pouligny Saint-Pierre” se presentan y comercializan por unidades.».

De conformidad con el texto nacional asociado a los Reglamentos (CE) n.o 1107/96 y (CE) n.o 1019/2009, existe un formato reducido, el «Pouligny-Saint-Pierre» pequeño.

Por lo tanto, dado que el «Pouligny-Saint-Pierre» puede presentarse en dos formatos, se añade su peso total tras el final del período mínimo de maduración.

La indicación del peso del queso en extracto seco y la fijación de un extracto seco mínimo permiten excluir de la comercialización quesos demasiado pequeños (por un defecto de moldeado) o demasiado húmedos (por no haberlos dejado escurrir suficientemente o por haber utilizado una cuajada demasiado húmeda).

Se añade que los quesos se comercializan por unidades, es decir, enteros, ya que la agrupación no desea autorizar la venta de queso en porciones, porque ello tiene una repercusión negativa en la conservación de sus características organolépticas (sabor rancio, desecación de la pasta, etc.) especialmente acentuada debido al pequeño tamaño del queso.

En el documento único, las frases:

Queso de leche entera de cabra, de pasta blanda, ligeramente salada, sin cocer, que presenta mohos superficiales, con forma de pirámide truncada.

Tiene un contenido mínimo de materia grasa del 45 % y la materia seca debe ser como mínimo de 90 gramos por queso.

,

se sustituyen por:

«El “Pouligny-Saint-Pierre” es un queso elaborado exclusivamente con leche de cabra entera y cruda, con forma de pirámide truncada alargada con aristas regulares y base cuadrada.

Se obtiene a partir de una cuajada láctica mediante coagulación lenta y desuerado espontáneo.

Es un queso de pasta blanda, ligeramente salada. En la parte exterior presenta mohos superficiales. Su corteza es vermicular, de color blanco marfil con aspecto jaspeado, pero también puede ser azulada.

De consistencia firme al corte, este presenta un aspecto franco, homogéneo y liso, de color blanco, pudiendo adoptar matices de color marfil. El sabor es equilibrado, sin excesiva salinidad ni acidez.

Presenta notas aromáticas dominadas por un carácter lácteo, fermentativo, con notas de tipo “caprino”, “champiñón” y “avellana”.

La textura es cremosa y fundente.

El queso se presenta en dos formas:

— “Pouligny-Saint-Pierre”, con un peso mínimo de 250 gramos al final del período mínimo de maduración y un extracto seco total de al menos 90 gramos por queso;

— “Pouligny-Saint-Pierre” pequeño, con un peso mínimo de 150 gramos al final del período mínimo de maduración y un extracto seco total de entre 55 y 85 gramos por queso.

El contenido mínimo de materia grasa en el extracto seco es del 45 %.

Para el consumidor final, los quesos “Pouligny-Saint-Pierre” se presentan y comercializan por unidades.».

En el pliego de condiciones, el párrafo siguiente:

La zona de producción abarca varios municipios del departamento de Indre (distrito de Blanc), véase la lista de municipios, artículo 1 del Decreto de 29 de diciembre de 1986.

Cantón de Bélâbre: municipios de Mauvières y Saint-Hilaire-sur-Benaize

Cantón du Blanc: todos los municipios

Cantón de Mézières-en-Brenne: municipio de Azay-le-Ferron

Cantón de Tournon-Saint-Martin: todos los municipios.

,

se sustituye por:

La producción de leche, la fabricación y la maduración deben efectuarse en la zona geográfica constituida por los siguientes municipios del departamento de Indre (36):

Azay-le-Ferron, Le Blanc, Ciron, Concremiers, Douadic, Fontgombault, Ingrandes, Lingé, Lurais, Lureuil, Martizay, Mauvières, Mérigny, Néons-sur-Creuse, Pouligny-Saint-Pierre, Preuilly-la-Ville, Rosnay, Ruffec, Saint-Aigny, Saint-Hilaire-sur-Benaize, Sauzelles y Tournon-Saint-Martin.

.

En el documento único, el párrafo siguiente:

22 municipios del departamento del Indre:

cantones de Blanc et de Tournon-Saint-Martin: todos los municipios

cantón de Bélâbre: municipios de Mauvières y Saint-Hilaire-sur-Bénaize

cantón de Mézières-en-Brenne: municipio de Azay-le-Ferron.

,

se sustituye por:

La producción de leche, la fabricación y la maduración deben efectuarse en la zona geográfica constituida por los siguientes municipios del departamento de Indre (36):

Azay-le-Ferron, Le Blanc, Ciron, Concremiers, Douadic, Fontgombault, Ingrandes, Lingé, Lurais, Lureuil, Martizay, Mauvières, Mérigny, Néons-sur-Creuse, Pouligny-Saint-Pierre, Preuilly-la-Ville, Rosnay, Ruffec, Saint-Aigny, Saint-Hilaire-sur-Benaize, Sauzelles y Tournon-Saint-Martin.

.

En comparación con el pliego de condiciones anterior, en el que la zona geográfica se describía mediante una lista de cantones, ahora se describe mediante una lista de municipios, lo que permite una descripción más precisa de la misma. Esto no implica una modificación de la zona geográfica. Lo mismo ocurre con el documento único.

Los párrafos siguientes:

Cada productor de leche, cada taller de transformación y cada taller de maduración rellena una “declaración de aptitud” registrada por los servicios del INAO, que permite a este último identificar a todos los operadores. Estos deben tener a disposición del INAO los registros y cualquier documento necesario para el control del origen, la calidad y las condiciones de producción de la leche y los quesos.

En el marco del control de las características del producto con denominación de origen se realiza un examen analítico y organoléptico cuyo objeto es garantizar la calidad y la especificidad de los productos examinados.

,

se sustituyen por:

Todos los agentes económicos que participen en las condiciones de producción de la denominación de...

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