Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 17, apartado 6, del Reglamento (CE) n.o 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de bebidas espirituosas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1576/89 del Consejo

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

20.5.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 172/5

La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento (UE) n.o 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación Dirección General de la Industria Alimentaria Subdirección General de Calidad Diferenciada y Agricultura Ecológica Paseo de la Infanta Isabel, 1 28071 MADRID, ESPAÑA

Teléfono: +34 913475397

Correo electrónico: sgcdae@mapama.es

Hierbas de Mallorca

Nombre protegido (el cambio de nombre se ve reflejado en otros apartados como descripción del producto, vínculo, método de producción, requisitos y controles aplicables, sin que el contenido de dichas rúbricas sea objeto de modificación alguna).

Modificación del pliego de condiciones que conlleva una modificación de las especificaciones principales.

Incluir el nombre tanto en castellano como en catalán, en aplicación de la cooficialidad de ambas lenguas en España (reconocida en el artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero de 2007, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears).

La doble designación del producto tanto en castellano («Hierbas de Mallorca») como en catalán («Herbes de Mallorca») está plenamente justificada puesto que una gran mayoría de los fabricantes de dicha bebida espirituosa anisada ya hacen uso exclusivo del nombre en catalán, y la consideran esencial para poder usar el nombre «Herbes de Mallorca» en la presentación de sus productos.

La bebida «Hierbas de Mallorca»/«Herbes de Mallorca» se elabora exclusivamente en la isla de Mallorca, integrada en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

En esta comunidad autónoma, el catalán, como lengua propia de las Islas Baleares, goza junto con el castellano del carácter de lengua oficial, tal como se indica en el artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero de 2007, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.

El uso habitual de ambas lenguas, castellano y catalán, en el territorio de las Islas Baleares, demuestra que desde tiempos inmemoriales se ha usado indistintamente el nombre tanto en catalán («Herbes de Mallorca») como en castellano («Hierbas de Mallorca») para referirse a las «Hierbas de Mallorca»/«Herbes de Mallorca».

Asimismo, no se puede ignorar la realidad del mercado. Ambos nombres, «Hierbas de Mallorca»/«Herbes de Mallorca», se han utilizado durante años y este seguirá siendo el caso. Esto se aplica al comercio tanto nacional como internacional.

El uso del nombre «Herbes de Mallorca» está tan extendido que se emplea en la comercialización y promoción en otros países, así como en otros idiomas de la UE.

El nombre en catalán, «Herbes de Mallorca», también deberá incluirse en la designación del producto, junto con «Hierbas de Mallorca».

Nombre: «Hierbas de Mallorca»/«Herbes de Mallorca».

Otros apartados se ven afectados por este cambio, como descripción del producto, vínculo, método de producción, requisitos y controles aplicables, sin que su contenido sea objeto de modificación alguna

Hierbas de Mallorca

/«Herbes de Mallorca»

Categoría 25. Bebidas espirituosas anisadas

Hierbas de Mallorca

/«Herbes de Mallorca» es una bebida espirituosa anisada, que presenta una graduación alcohólica comprendida entre 20 % y 50 % en volumen, aromatizada con plantas y facultativamente edulcorada con sacarosa.

— Graduación alcohólica adquirida: — Mínima: 20 % vol. abs

— Máxima: 50 % vol. abs

— Contenido máximo en metanol: 20 g/hl de alcohol a 100 % vol.

— Aspecto transparente.

— Color de ámbar a verde.

— Aroma intenso y complejo, con clara percepción de anís. Se identifican aromas frescos, dulces, afrutados (naranja y limón) y florales.

— Sabor claramente dulce, medianamente dulce o sin dulzor en función de los tipos descritos en el apartado «Tipos» (dulces, mezcladas o secas) con elevado regusto a plantas aromáticas.

— Sensación densa en el caso de los tipos mezcladas y dulces.

En función del contenido de azúcares...

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